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diligencia de ordenacion

17 Comentarios
 
Diligencia de ordenacion
02/04/2011 16:02
Acabamos de recibir del juzgado diligencia de ordenacion, consultada la base da datos con con que cuenta el juzgado:Consulta integral. de
UN MOROSO,llevamos dos años esperando que pague.
ahora que tenemos que hacer.?Sabemos sus bienes. ¿ mas escritos? o el juzgado ya nos dira cosas'
02/04/2011 23:04
Y ahora debe Vd. aclararnos mucho su consulta......Vd habla por la comunidad, que partece haber demandado a un moroso mediante papeleta monitoria sin intervención de Letrado.....
Han rercibido en la comunidad una D.o. que impulsa el procedimiento...¿o están en algún otro momento procesal?
03/04/2011 14:47
la comunidad, ha recibido Diligencia de Ordenación
04/04/2011 09:37
A ver, ruski:
De monitorios entendemos la gran mayoría en este foro.
LO que no podemos adivinar es a cerca de qué aspecto procesal se refiere esa D.O.

Debe Vd. dar MAS INFORMACION sobre el caso.
04/04/2011 10:13
Papino, hemos recibido la Diligencia de Ordenacion, en la cual nos detallan ,sus bienes: Piso, coche, etc, cuentas bancarias: 0.
¿En que aspecto estamos?.
04/04/2011 14:16
Pues de nuevo supongo que Vds - la ciomunidad- ha instado un procedimiento monitorio por deudas que no ha sido ni contestado ni opuesto por el moroso, y tras lo cual, como Vds. solicitaron o han solicitado el embargo/averiguación de sus bienjens a la OAP, AHORA les dan traslado de los mismos, por lo que deben Vds. solicitar su embargo de inmediato para proceder a resarcirse con lo embargado.
De cualquier forema...¿quién inicio ese monitorio?, ¿no loo hicieron a través de Letrdao para poder obtener condena en costas?...¿o al menos a través de su adminsitrador?....¿o quién fue el avispado que se bajó un formulario de internet para iniciar un procedimiento judicial que ignora? (eso sí, ahorrándose unos eurillos)
04/04/2011 14:57
SR. Papino, el monitorio se hizo sin abogado, al no hacer falta.
Ahora el siguiente paso, cual es: hacer otro escrito, solicitando embargo. Tiene algun modelo
muchas gracias.
Presidenta
04/04/2011 15:25
Sra. Presidenta:

Disiento.
Una cosa es que procesalmente no sea necesario y otra muy distinta es que "no le haga falta"

Podrán haberse ahorrado unos euros, pero en este momento Vds. no saber proseguir ese pleito.
Suerte con ello, no puedo ir más allá con esta consulta

Letrado

04/04/2011 15:25
opinion de DikTurpin
Ariza Administraciones
04/04/2011 18:43
Lo cierto es que con la información que das desconozco el momento procesal en el que os encontráis.

Parece que efectivamente se ha despachado ejecución contra el propietario deudor, pero mi consejo es que no os ahorréis esos eurillos y contratéis un abogado ya que como bien dice papino, os hace falta.

Una cosa es promover un monitorio y otra bien distinta su ejecución, ya que no es sencilla y requiere la intervención de un profesional
05/04/2011 09:07
DILIGENCIA DE ORDENACION
Secretario Judicial
En
Dada cuenta por presentado el anterior escrito por la presidenta Dña. únase a los autos de su razón y de conformidad con lo interesado, consúltenese las bases de datos con los que cuenta este Juzgado, al objeto de conocer situación patrimonial de los demandados en autos.
Del resultado de la consulta dese traslada a la parte ejecutante, mediante fotocopia, advirtiéndole el carácter confidencial de los datos facilitados, bajo los apercibimientos legales oportunos.
Se acompaña consulta integral:Aeat,Catastro, Dgt, inem.
05/04/2011 10:32
ruski

Mi mejor consejo es que no prosiga Vd. con la ejecución SIN intervención de Letrado, en serio.
05/04/2011 12:49
El problema es que no tenemos fondos para pagar letrado, la comunidad esta formada la mayoria por jubilados, que a penas pueden pagar la comunidad.
05/04/2011 18:54
Con esa información debe usted solicitar que se despeche ejecución e interesar el embargo preventivo de bienes, pero estoy de acuerdo con papino.

06/04/2011 07:43
y para solicitar ejecución, puedo hacerla yo, haciendo un escrito y presnetarlo al juzgado.
06/04/2011 11:31
Sí puede, por supuesto
13/09/2012 17:51
Ruski, estoy en tu misma situación, como ya ha pasado tiempo, me puedes decir si al final tuviste que solicitar tu algo más despuésde que el juzgado te mandara la averiguación patrimonial.
GRACIAS
14/09/2012 20:31
Hay algo en todo esto,que no logro entender.
Es cierto que para insta un monitorio, no hace falta abogado y procurador, lo puede poner el Presidente/a.
Pero si el demandado, no atiende el requerimiento, el juzgado despacha ejecución a través de un verbal o un ordinario según la cuantía.
Tenía entendido que en esta fase del proceso, si es necesario abogado y procurador, entonces ¿como ha habido esta Diligencia de Ordenación del juzgado, dirigida directamente a la Presidenta demandante?.