Hola: He recibido una cédula de citación juicio verbal sobre reclamación de cantidad 1.500€ y Diligencia de Ordenación 21/12/2017:
Habiéndose interesado por la parte demandada la celebración de la vista se señala para ello el día 29/10/2018 a las 12:00 h.
Se hace constar que la vista no se suspenderá por inasistencia del demandado y se advierte a los litigantesque han de concurrir con los medios de prueba de que intenten valerse, con la prevención de que si no asisten y se propusiese y admitieresu declaración, podrá considerarseadmitidos los hechos del interrogatorio conforme a lo dispuesto en art. 304 y también lo previsto en art.442 de la L.E.C para caso de no comparecer a la vista.
En plazo de cinco días siguientes a la recepción de esta citación, deben indicar las personas que, por no poder presentarlas ellas mismas, han de ser citadas por el Secretario Judicial para declarar en calidad de parte, testigos,o peritos, facilitarán todos los datos y circunstancias precisos para llevar citación.En plazo de cinco días las partes podrán pedir respuestas escritas a cargo de personas jurídicas o entidades públicas, por los trámites establecidos art 381.
Lo siguiente es Modo de impugnación....
1* Deseo saber si debo o no llevar abogado y procurador.
2* El juicio es por un curso en el que no se han cumplido las condiciones.y solicito devolución de 1.500 €
3* A que se refiere pedir respuestas escritas a cargo de personas jurídicas?
Ruego me puedan aclarar todo esto. GRACIAS.
En que puede terminar este tipo de juicios ?
Por esa cantidad no hace falta que lleve abogado o procurador, aunque yo sí se lo recomendaría.
Como las personas jurídicas tienen que hablar a través de personas físicas, les permiten que den una versión escrita de los hechos.
El día del juicio el juez escuchará las 2 versiones y verá los documentos y testigos que aporten y decidirá quien tiene razón.
En estos primeros días Usted tiene la oportunidad de identificar personas que voluntariamente alomejor no acudirían al juicio, por ejemplo quien le vendió el curso, que trabaja para la empresa demandada.
Lo cierto de todo esto es que la Academia que ofrecía los cursos cerró, y se había comprometido a realizar dichos cursos aportando el asesoramiento oportuno, corrigiendo test, avisando de la convocatoria de plazas de la Xunta de Galicia, y al mismo tiempo avisando de la fecha de examen de dicho curso. La Academia cerró y no avisó ni por escrito, ni verbalmente. El dueño y profesor de la Academia se marchó a Países Bajos. De las varias personas que participaban en esos cursos no tengo forma de localizarlas, para al menos tener testigos.
Por lo que me encuentro en un callejón sin salida, además de encontrarme en paro, a ver si pueden darme algunas pistas a seguir.
Decir también que el juzgado ha logrado dar con el paradero del profesor y éste ha enviado un escrito en el que manifiesta todo lo contrario de lo que yo dije al Juzgado y con dicho escrito estoy totalmente en contra. GRACIAS.