Muchísimas gracias. Si, hace 19 años. Desde el 21 de Agosto de 2001,en un juzgado de Alcobendas. Yo ahora vivo en Andalucía y mañana declaro por video conferencia, ya que no puedo desplazarme hasta Madrid
Qué mal suena. Mire, lo que le comentaban en otro comentario (dilaciones indebidas), si aún no lo ha encontrado, está en el art. 21.6º del Código Penal. Hay mucha información y jurisprudencia al respecto.
El tribunal puede considerar las dilaciones como graves o simples (no recuerdo si también había unas "muy graves"), en función de cuánto se haya dilatado el procedimiento. Ignoro de qué provincia es, pero quizás exista un acuerdo (orientativo) de su respectiva Audiencia Provincial fijando a partir de qué momento es un tipo de dilación u otra. Si realmente estamos hablando de 19 años, sin embargo, es evidente que se trataría del caso más grave. Como se imaginará, si se estiman las dilaciones como graves, mayor será la atenuación.
Tarde o temprano se tendrá que poner en contacto con su abogado y dudo que ignore el factor de las dilaciones indebidas. Suerte mañana.
Muchísimas gracias. El juicio lo tengo mañana y aún no he podido ni contactar con mi abogado. De hecho, no sé ni quién es porque no se ha puesto en contacto conmigo nunca
Lamento no poder contestarle su cuestión principal, aunque me permito abarcar otro tema que bien podría ser de su interés.
Lo que debería considerar Ud. es solicitar la responsabilidad patrimonial a la Administración de Justicia por funcionamiento anormal. Si el caso es tan simple como Ud. dice, no me explico como algo así se puede alargar por 19. Ello le habrá comportado daños como: incerteza, perder tiempo yendo al juzgado cada 15 días, etc., que podría tratar de englobarse como daño moral.
Si quiere ver de qué va el trámite: https://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/es/servicios-ciudadano/tramites-gestiones-personales/reclamacion-responsabilidad
Y le dejo un par de sentencias sobre este tema, que quizás le sirvan para informarse más: SAN, 18 de setiembre de 2018, STS, 15 de marzo de 2006, STS, de 4 de noviembre de 2016.
Buenas tardes. La semana que viene tengo un juicio por falsedad en documento mercantil. Falsifiqué la firma en unos talones y cobré unos 24.000 euros. Todo esto sucedió en 2001, es decir, han pasado 19 años. En el transcurso de ese tiempo, mi causa ha pasado de un juzgado a otro y luego a otro más. La pena que me piden es inferior a 2 años. Siempre colaboré con la justicia y desde el primer momento admitía los hechos. He ido a firmar cada 15 días al juzgado sin faltar ni uno durante 19 años. Mi pregunta es: ¿Ese delito no ha prescrito por dilaciones indebidas? ¿Qué me puede pasar? Muchas gracias