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Difusión de imágenes. Intimidad de la persona.

1 Comentarios
 
Difusión de imágenes. intimidad de la persona.
09/08/2017 20:22
Buenas, voy a intentar resumir lo que me ha pasado.

Una chica, teniendo novio, me mandaba fotografias suyas desnuda, que no se le veia la cara, solo eran de cuerpo, al tiempo yo le mande las conversaciones al ex novio para que viera lo que estaba haciendo su ex novia conmigo mientras estaban juntos.

Ahora me entero que la chica me quiere denunciar, y mi duda es si esa denuncia iria a algun lado, puesto que yo entiendo que al no versele la cara, no se le puede identificar, aunque aparezca algun tatuaje en la foto, por lo tanto mirando el articulo 197.7 donde dice:

Será castigado con una pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a doce meses el que, sin autorización de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales de aquélla que hubiera obtenido con su anuencia en un domicilio o en cualquier otro lugar fuera del alcance de la mirada de terceros, cuando la divulgación menoscabe gravemente la intimidad personal de esa persona.

Entiendo que no menoscaba de ninguna forma la integridad de esa persona, puesto que ni se le ve la cara, ni se ha mandado a nadie mas que a esa persona.

Esa es mi duda, estoy un poco con la duda de que puede pasar con este tema, agradeceria alguna respuesta, un saludo.
12/08/2017 13:05
angeldancecadiz
No creo que llegue a gran cosa, pero Ud. mismo se ha contestado, si le mandan fotos sea lo que sea, no las debe difundir sin autorización, punto.

El Juridista