Suponiendo que se pacte el uso de la vivienda, el régimen de visitas, y la pensión alimenticia y otros aspectos económicos, ¿qué diferencias hay entre la custodia compartida y la monoparental?
Si la madre tiene la custodia, ¿puede trasladarse a vivir con su hijo a otra ciudad? ¿Y si la custodia es compartida?
Muchas gracias de antemano por vuestras respuestas.
Suponiendo que se pacte el uso de la vivienda, el régimen de visitas, y la pensión alimenticia y otros aspectos económicos, ¿qué diferencias hay entre la custodia compartida y la monoparental?
Si la madre tiene la custodia, ¿puede trasladarse a vivir con su hijo a otra ciudad? ¿Y si la custodia es compartida?
Muchas gracias de antemano por vuestras respuestas.
hola he copiado la pregunta de un padre que busca las mismas respuestas que yo, alguien me puede ayudar, gracias
La diferencia está en que en la compartida ambos progenitores "comparten" las funciones típicas de custodia como son cuidados y atenciones a los menores, educación personal (no la escolar), etc. y por tanto disponen de tiempos similares de atención (no tiene porqué ser exactamente al 50%) En la monoparental estas funciones las hace el custodio y el no custodio "visita" existiendo una desproporción de tiempos de permanencia con los menores. En ambos casos la patria potestad es compartida y abarca decisiones importantes como elección de colegio, decisiones sobre cuestiones santarias, derecho a comunicación con los menores, etc.
En cuanto a pensión de alimentos, en ambos casos los gastos que generan los menores serán asumidos proporcional a los ingresos de cada progenitor, pudiendo darse el caso que incluso en compartida un progenitor deba pagar pensión de alimentos al otro si es que tiene mayores ingresos y al objeto que los hijos no tengan desequilibrios en los recursos disponibles según con quien conviva.
La vivienda, en compartida puede asignarse al progenitor mas necesitado (menos ingresos u otras circunstancias) rotar ambos en ella o cualquier opción que se considere conveniente, en monoparental suele adjudicarse al custodio.
Lógicamente, en compartida también habrá visitas si los periodos de permanencia con cada progenitor son amplios, no serán necesarios si rotan cada dos dias o a diario, pero sí pueden existir si rotan cada semana o mas.