Hola, estoy estudiando, derecho y no tengo claro la diferencia entre procedimiento ordinario y abreviado. Y entre diligencias previas y sumario.
Agradeceria alguien me ayudara, tengo un lio montado de mil demonios!!!
tambien por favor, tengo la duda que es realmente una prueba preconstituida. Debe estar el juez delante de ella???
muchas gracias a tod@s por la ayuda
La diferencia que te voy a exponer se refiere a los artículos vigentes de la LeCri (ten en cuenta que el mes de abril entra en vigor una modificación de la misma que afecta precisamente a esta materia).
Básicamente: se aplica el procedimiento abreviado para el enjuiciamiento de aquellos delitos castigados con penas privativas de libertad no superiores a 9 años o para las de cualquier otra naturaleza sea cual fuere su duración. Y se aplica el procedimiento ordinario para aquellos delitos castigados con pena privativa de libertad superior a 9 años, a excepción de los delitos que son competencia del Tribunal del Jurado.
El sumario es la fase instructora del procedimiento ordinario y las diligencias previas son la fase instructora del procedimiento abreviado. Las diligencias de investigación son sustancialmente las mismas, ampliándose las funciones de la policía judicial en las diligencias previas. No sé hasta qué punto quieres profundizar. Si la información no te resulta suficiente detalla un poco más.