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Diferencia entre recurso extraordinario por infracción procesal y recurso de casación

1 Comentarios
 
Diferencia entre recurso extraordinario por infracción procesal y recurso de casación
25/10/2011 15:38
Tras sentencia de la Audiencia Provincial, creo se pueden interponer dos tipos de recursos: extraordinario por infracción procesal y de casación. He visto en un libro de Derecho que el primero se interpone ante la Sala de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia, y el segundo, ante el T. Supremo. También he visto en ese libro (que da un modelo para redactarlo) que el recurso por infracción procesal se puede interponer en caso de sentencia incongruente, que supone vulnerar el art. 24 CE (es mi caso, la sentencia no se pronuncia sobre lo planteado, y da razonamientos absurdos que no están probados en autos -repite las barbaridades de la parte contraria que carecía de argumentos de defensa y no poseía ninguna prueba para rebatir la demanda, que ni se ajustan a la ley, y, como digo, no consta acreditado en autos; también ignora las pruebas aportadas por mi que no fueron siquiera impugnadas por la contraria-). ¿Me conviene interponer este recurso?, supongo que el de casación es más lento y costoso, y precisaría abogado y procurador.

Gracias por su ayuda. Saludos
25/10/2011 17:31
En éste caso, y ante la falta de datos, probablemente es más viable plantear Recurso Extraordinario por infracción procesal pero habría que estudiarlo muy a fondo.-

En cualquier caso, la intervención de abogado y procurador es siempre preceptiva.-

Un saludo

Alberto Martín
Abogado
letrado25@hotmail.com