Estoy diversificando mis negocios y he adquirido una sala de cine pequeñita que pretendo ponerla en marcha el próximo año, obviamente voy a contar con la ayuda de un abogado especializado en el sector de la propiedad intelectual. No obstante, me gustaría saber si hay alguna diferencia entre proyectar películas españolas con sus respectivos derechos de comunicación pública y proyectar películas extranjeras. Agradecería mucho que alguien me aclarara este tema.