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dietas

4 Comentarios
 
15/06/2006 13:15
Hola:
Por pecnoctar fuera de la población donde resides, dentro del territorio nacional es 52, 29. Y todo lo que exceda de esa cantidad cotiza y tributa por IRPF

Por percnoctar en territorio extranjero ( fuera de España) es de 91, 35 euros día. todo lo que exceda de esa cantidad cotiza y tributa.

Lo mejor es que las dietas en el caso de superar las cantidades establecidas estén reflejadas en nómina porque así tendrás más cotización.

Actualmente se han modificado estas cantidades pero muy poco de 52,29 a 53,34 €/día y de 26, 14 a 26,67 €/día, lo puedes ver en libro de Hacienda- Renta 2005, en la pag. 61.

Saludos.
15/06/2006 01:12
Si he entido bien, si la dieta es de 96€ por pernoctar fuera de la población, lo que cotizaria y tributaría serían 43,71€ que es la diferencia
entre 96 y 52,29.

Lo que pretende la empresa es pagarme 96 en nómina o 78€ fuera de nomina.

Creo que es mejor de cualquier modo en nómina ¿que pensais?

gracias por vuestra ayuda.
perfil jmb
14/06/2006 19:42
a parte de lo que dice Jesufer que me parece correcto( perdona pero digo parece, no porque dude de ti sino que dudo de mi), aunque el
convenio hable de dietas habria de ver si las dietas
corresponden a desplazamientos fueras del municipio pues si por ejemplo te pagan dietas
para que vayas al bar de al lado de tu trabajo
para comerte un menu, posiblemente sean dietas
que obligatoriamente han de cotizar.

un saludo
14/06/2006 14:10
Hola:
Las dietas son conceptos extrasalariales y como tal no computan en la base de cotización, como establece el art. 109. 2 del R.D.L. 1/1.994, Texto refundido de la Ley Genral de la Seguridad Social. Tampoco tributan.

Ahora bien, los reglamentos establecen unos límites que si son sobrepasados cotizan y tributan. Se puede comprobar en el art. 23.2 del R.D. 2064/1.995 y art. 8 R.D. 214/1.999

Si el trabajador pernocta fuera de su residencia no cotizan los gastos de alojamiento que efectivamente justifique y en cuanto a manutención queda exenta de cotización la cantidad de 52,29 euros/día, dentro del territorio nacional y 91,35 euros/día en el extranjero.

En conclusión, las dietas no intervienen en la base de cotización salvo lo que exceda de los límites señalados.

Saludos.

Si no se pernocta fuera de la residencia del trabajador, no integra la base de cotización la cantidad que no exceda de 26´14 euros/día en territorio nacional y 48´08 euros/día en el extranjero.
Dietas
14/06/2006 12:09
Hola,

Soy delegado comercial en un laboratorio (convenio quimica), siempre nos han pagado las dietas fuera de nómina. Hace poco, un compañero demandó a la empresa por que pagaban las dietas por debajo de lo que aoparece en el convenio. A raiz de esto nos han subido las dietas algo más pero siguen estando por debajo de lo que marca en el citado convenio.

En la última reunión comercial, nos diejeron que si queriamos incluirian en la nomina las dietas, poniendonos inumerables razones de por las que deberiamos optar por esta opción, si embargo dandonos otras tantas por las que nos convenía dejarla como hasa ahora, seguir fuera de la nómina.

Mi pregunta, a efectos de cotización para la jubilación, paro, despido, baja laboral, etc, afecta que esten metidas en nómina, o solo afecta al IRPF, como aseguran los directivos de mi empresa?

Me he enterado por una persona que conozco, que se acaba de jubilar que le ha quedado una pensión bastante alta por que siempre le habían incluido las dietas en la nomina, es correcto esto?

Gracias por vuestro consejo.

Gracias.