Avisé a mi superior inmediato de la operación de mi padre y me dijo que me correspondían dos días. El tema es que a mi padre le ingresaron ayer domingo por la tarde y la operación ha sido realizada hoy y permanece en ingreso, con lo cual he dado por hecho que el miércoles tengo que presentarme a trabajar. Hablando con una compañera de trabajo me comenta que ella por el fallecimiento de su madre le correspondía dos días y que al fallecer en domingo su supervisora le dijo que tenia que trabajar el martes porque el domingo se contaba.
Yo me atengo a lo que me ha dicho mi superior, pero es que me está entrando la duda de si al ingresar al hospital mi padre en domingo mi empresa podrá contar los dos días descontando el domingo, la operación ha sido realizada hoy.
¿Alguien sabes desde cuándo cuentan esos dos días?. ¿Desde la fecha del ingreso, desde la fecha de la intervención? ¿Qué pasa si es en domingo se cuenta este aunque sea dia de descanso?.
Gracias a quien me pueda ayudar pues a raiz de esta conversación con la compañera ya me están entrando las dudas.
Estoy en Madrid, soy auxiliar administrativo antes estaba en el convenio de oficinas y despachos pero hace medio año que nos cambiaron al convenio de consultorias. Trabajo en horario de mañana de 9 a 15 horas.
El tema es que no puedo hablar ahora con nadie en la empresa. Y no se me ocurrió preguntarle a mi supervisora si contaba los dos días desde el ingreso de mi padre que fue a las cinco de la tarde del domingo o cuenta a partir de la intervención de hoy.
No he mirado su convenio, normalmente mejoran lo que dice el ET, si usted el domingo descansaba pues pide el papel o justificante en el hospital con fecha desde la operación y listo, no tendrá ningún problema.
Gracias jamgpreve, al final sí tenía derecho al dia de hoy, llame a primera hora de la mañana para asegurarme.Curiosamente no me cuenta el descanso, lo que cuenta es la fecha del justificante que me hizo el hospital según me ha dicho otra supervisora. Como ponía que le intervinieron ayer y permanecía ingresado, pues es como si contara el ingreso desde ayer pese a que le ingresaron el domingo. Al parecer cuenta desde el ingreso no desde la intervención, y me dicen que aunque sea un día de libranza el domingo que eso da igual, que cuenta desde el dia del ingreso y no me cuadra mucho porque entonces no disfrutaría de los dos dias de libranza (que son los sabados y domingos). Me parece que a mi compañera le quitaron un día aunque en su caso fue ausencia por fallecimiento de su madre.
Gracias lolo. En mi empresa tenemos un buen lio con el convenio, por el nuevo convenio tenemos derecho a un dia más de vacaciones y al consultarlo cuando hemos tenido que solicitar las vacaciones nos han dicho que no, que siguen siendo los mismos días que con el anterior convenio.
En los casos de fallecimiento sí son días naturales. En los de hospitalización se tiene cierta flexibilidad, lo que es lógico: imaginen un ingreso de una semana de un señor con 3 hijos. Los dos primeros días estaría atendido por sus hijos y sus cónyuges y los 5 restantes, solito.
Vera no la han informado bien, suponga que su pariente lo ingresan un Sábado o Domingo y lo operan un viernes, el ET hace mención de ingreso, hospitalización o intervención quirúrgica.
art 37.3.b) ET
b) Dos días por el nacimiento de hijo y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días.
Vea que la intervención puede ser sin hospitalización, pero su pariente ingreso y quedo hospitalizado pero si usted pide los días puede hacerlo desde el ingreso o desde la intervención.