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Dias permiso defuncion

12 Comentarios
 
21/04/2011 12:59
oliverfernandez:
arregla cuanto antes el tema con tu empresa para que tu abogado, ademas de luchar por lo que dice que de entrada ya está ganado, no tenga que hacerlo por un expediente disciplinario al que te podrian imponer por faltar injustificadamente dos dias a tu trabajo habitual
21/04/2011 10:30
A oliverfernandez:
Lo que te ha comentado tu abogado, me da mala espina. Un abogado que de entrada te dice que está ganado.... No es un buen abogado, ya que los juicios son todo, menos previsibles
Un consejo, sopesa, dos dias que te descuenten del salario, respecto a dos días remunerados (en caso de tener razón), los honorarios de tu abogado, la tensión que se puede crear contra ti en la empresa.
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21/04/2011 10:19
yo he tenido mucha suerte en no tener en los ultimos 30 años ninguna enfermedad, lo poco que he tenido ha sido un par de lumbalgias, una de ellas me pillo en otro centro de la empresa, haciendo trabajos a 300km de mi lugar habitual, como podia seguir con el tabajo, me tuve que "discutir" con direccion, proque querian que me fuera/llevarme a casa, y yo me negué e hice todo lo planeado, solo que en vez de en dos dias en 3, por ir mas despacio y no agacharme mucho, que es cuando me dolia.

n otra ocasion un viernes a las 15:xx lo mismo, sin razon aparente un fuerte dolor de espalada, que no podia ni coger un tornillo, al estar en la empresa habitual "mia", me OBLIGARON a irme al medico y a casa, era un viernes, y me alegré de ello, porque no perdi ningun dia de trabajo, y el lunes que ya estaba algo mejor (no era grave, por supuesto) empecé dos horas antes para "recuperar" el tiempo perdido, proque yo lo quise y me hacia sentir mejor, y direccion ya me dejó por imposible, ya que no queria que fuera el lunes, y menos 2 horas antes.

Estoy de acuerdo en que por suerte, tengo mucha salud y en los ultimos 30 años, solo he faltado una noche por caso 39 de fiebre, una gripe, (cuando hacia turnos) una sola noche en 30 años, pudiendo en aquel entonces haber cogido los dos dias restantes y empalmar con los 4 dias de descanso que venian, pero como soy asi de tonto, al dia siguiente ya fui, y los compañeros sí me llamaron tonto y otras cosas.

Como he dicho en el otro post, asi nos va en españa con este tipo de personal que aprovecha cualquier excusa para no acudir al trabajo, siempre encabezando los rankings en defraudar y escaquearse de las obligaciones morales.
siento el rollo, pero estas cosas me sacan de quicio.las cosas hay que hacerlas bien y no como siempre. en españa se siguen haciendo, en general, como siempre, con chanchullos.ya que queremos ser europeos, hagamos las cosas como en europa, no solo lo que nos interese o beneficie.
21/04/2011 09:20
Efectivamente. que te argumente eso tu abogado, porque como ya te han dicho, a falta de precisión en otro sentido por parte del convenio, son días naturales.
Y es cierto que hay ciertos supuestos, como el de enfermedad grave u hospitalización de familiar, en los que se acepta cierta flexibilidad en su disfrtue (en todo caso mientras subsista el hecho causante, es decir la enfermedad u hospitalización)
Y más recinetemente, y para mi sorpresa, ha habido alguna sentencia para el caso del permiso de boda (en el sentido de que el computo de los 15 dias de permiso, por supuesto naturales, se incie desde el primer día hábil del trabajador).
Pero para el resto de casos, y en concreto para el de fallecimiento, no me consta esa felxibilidad, salvo en casos muy especiales (por ej, muerte en otro pais de familiares de inmigrantes).

En todo caso, te pido que superes esa idea de que "has perdido dos días"
No has periddo nada. Los permisos están para poder atender ciertas situaciones de forma que la actividad laboral no lo impida.
Si tu familiar ha fallecido en sábado y ha sidio enterrada en domingo y justo esos dos días no son laborables para ti, entonces ya mo hay necesiadad de ese permiso puesto que en esos dias tu actividad laboral no ha sido nigún impedimiento.

Me choca la visión o concepto que algunos tienen de estas cosas. Y es que a veces parece que uno siente más que el fallecimiento del familiuar haya sido en fin de semana que el propio fallecimiento. El permiso no es ningun premio, está para lo que está y tu pudiste estar justo a tu abuela el dia de su muerte y el de su entierro.
¿Cuál es la queja entonces?

Cuando en alguna ocasión, alguna familiar mio ha tenido algun problema de salud e, incluso, un breve ingreso hospitalario, y ha coincidido en fin de semana, dentro del contratiempo, yo me he sentido especilamente satisfecho, ya que he podido dedicarme de lleno o todo lo que he querido o ha hecho falta, porque son justo los dias que tengo más disponibilidad y si necesidad de pedir nada. No he tenido la sensación de haber perdido nada si el lunes ya me tocaba ir a trabajar, sobretodo si lo que realmente me preocupaba, el problema de salud de mi allegado, ya estaba resuelto.

Acabo con un ejemplo más, de los que me toca vivir en mi empresa como responsable de RRHH.
Hace unas semanas (bueno, el tema se da con cierta periodicidad), me vino un empleado, muy alterado porque acababa de fallecer su tio y pedia los dos dias de permiso. Cuando le aclaré que un tío es de 3er grado (ya me constó convencerle de ello, no podía dar crédito a que un tio, tan querido como el suyo, solo fuera de 3er grado) y que, por tanto, no le correspondia tal permiso retribuido, al verle tan indignado, y como empress flexible y sensible que somos y si tan importante era para él disponer de esos dios dias antre ese trance, le ofrecí como alternativa (y sin que estuviéramos obligados a ello), a que se tomara algún dia a cuanta de sus vacaciones. Me puso una mirada en plan "¿pero tú estas loco? ¿como voy a perder dos días de vacacines por mi tio"?
En fin, que me dio la impresión que su tio, tal vez le importaba, pero no tanto, no tanto como para recortar en dos días sus vacaciones en la playa.

Y es que la gente tiene un cocepto muy peculiar de los permisos, tanto de su alcance, como de su finalidad.

En fin...

por cierto, por supuesto, y en serio, te acompaño en el sentimiento.
21/04/2011 08:45
Sí, tienes razón. Con la misma argumentación también sería lógico que si el familiar fallece en martes, como el convenio no precisa que 2 días son, uno se tome el jueves y viernes como licencia por defunción de familiar.

Si en el apartado C, por enfermedad grave, hospitalización, etc ... indica :
.... contados a partir del día en que se produzca el hecho causante, inclusive.
Se sobrentiende que en caso de fallecimiento, aún con más motivo debe ser a contar a partir del día del hecho causante : la defunción, no ?. Se muere un familiar y me los tomo al cabo de una semana ..... qué sentido tendría ??? no es una hospitalización, es una muerte.
En todo caso, yo hubiera comunicado a la empresa que debido a tal y cual me tomaba el sábado y domingo como licencia por fallecimiento de un familiar y que de no recibir alegaciones en contra, trasladaba mis 2 días festivos a lunes y martes (viene a ser lo mismo, pero un poco más ético).

De todos modos creo que tenías, desde un principio, muy claras las respuestas que querías recibir a tus preguntas.
Si un abogado laboral te está diciendo que ya ha ganado un juicio sobre esto, pues no hay mucho más a decir.

Un saludo y suerte (los Jueces son los que tienen la última palabra).

21/04/2011 00:22
En el Convenio dice que tengo derecho a dos dias Retribuidos por fallecimiento, no dicen ni que tenga que ser el dia del entierro los dias que yo trabajo justo despues del fallecimiento son Lunes y Martes y esos son los dos dias que me pertenecen , he estado hablando con un abogado Laboral y me ha dicho, que en el convenio no especifica los dias exactos que tienes los dos dias, inmediatamente al fallecimientos los dos dias siguientes que me toca trabajar...son los dos dias que me corresponden. Me dice que ha ganado un juicio hace un mes sobre esto así que siento deciros que estais equivocados.

un saludo.
20/04/2011 23:21
oliverfernandez,
La noticia es de Sept 2007 y exactamente dice ..... :
Satse tiene otras dos denuncias similares presentadas y espera que esta sentencia cree jurisprudencia tanto para Sanidad como para otros sectores de la administración
(desconozco si actualmente hay jurisprudencia).

Según indica tu convenio te correspondería sábado y domingo y más siendo que trabajas de lunes a domingo y libras 2 días aleatoriamente. Casualmente, tu abuelita falleció estando tú de fiesta.

Un ejemplo : Imagina que un trabajador empieza sus vacaciones de verano un lunes y precisamente, el abuelito sin saber que el nieto ha empezado las vacaciones, fallece. Los 2 días de permiso para el funeral se los ha comido las vacaciones. También podría ser que el nieto estuviera en 'Hawai' disfrutando ya de sus vacaciones de verano y se perdiera el funeral. No por ello, el trabajador, puede adicionar, libremente, 2 días más de vacaciones , a no ser que haya acuerdo expreso entre Empresa/Trabajador.

Ahora bien, denunciarlo o demandarlo ?. Tu abuelita murió en sábado y el funeral se celebró al día siguiente o bien el lunes???. En tu demanda siempre podrías alegar, si así procediera, que necesitaste del lunes y martes (días hábiles) para los trámites ... u otros motivos que yo ignoro (quizás eras su único familiar, etc, etc ...)

Por si te sirve :
El abuelito de un compañero de trabajo también murió en sábado. Por convenio se tienen 2 días (5 si es fuera de plaza). Todos los fines de semana son festivos. Obviamente faltó el sábado y el domingo y el lunes por la mañana avisó que llegaría más tarde porque era el día que lo enterraban.

Mis condolencias por el fallecimiento de tu abuelita.

20/04/2011 19:35
peros si mi contrato es de Lunes a Domingo y abarca todos los tramos horarios...que yo lo mismo trabajo un domingo que un sabado..trabajo 5 dias a la semana y 2 descanso...pueden ser los dias de descanso sabado o lunes o jueves el que sea. Si Sábado y domingo eran mi dia de libranza... pierdo esos dos dias? en el convenio pone " desde que ocurra el hecho causante" eso no quiere decir que tengan que ser los dos dias inmediatos..en esta caso estando el fin de semana por medio... ademas hay una sentencia...

Y otra cosa mas en el supuesto de que la empresa me descuente el dinero...puede tomar alguna otra medida? quedaria descontado pero justificado o como? Soy delegado sindical y creo que voy a denunciarlo porque hay jurisprudencia o me equivoco?
20/04/2011 18:59
Como dice archilla, está claro. Por tu abuela sólo te correspondían el sábado y el domingo, con lo que tu empresa ha obrado correctamente. Por tanto, si no te interesa que te descuenten esos dos días, pacta con ellos alguna forma de recuperar ese tiempo.
20/04/2011 18:42
oliverfernandez :
lo veo claro: si no dice nada, los dias se entienden que son naturales, y habla desde el hecho causante, es decir la muerte del familiar.
En el caso de tu abuela, que es segundo grado, segun d) tienes derecho a dos dias, es decir, sabado y domingo.
20/04/2011 18:15
mi Convenio es el del Telemarketin y dice lo siguiente :


Artículo 29.- Permisos retribuidos.

1.- Los trabajadores, previo aviso y justificación, podrán ausentarse del trabajo, con derecho a retribución, y desde que ocurra el hecho causante, por alguno de los motivos y por el tiempo siguientes:

c).- Tres días en caso de accidente, enfermedad grave u hospitalización, o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, que serán disfrutados de forma continuada dentro de los diez días naturales, contados a partir del día en que se produzca el hecho causante, inclusive.

d).- Cuatro días en caso de fallecimiento de cónyuge, padres, padres políticos, hijos y hermanos y dos días en caso de fallecimiento, de pariente hasta el segundo grado de consaguinidad o afinidad y hermanos políticos.

No pone absolutamente nada de dias laborales ni naturales...

Aqui va el convenio completo, esto viene en la pagina 21 del word que se abre...

y mira esto...

http://www.20minutos.es/noticia/277659/l/

Muchas Gracias por contestar...espero tus respuestas de nuevo un saludo..
20/04/2011 18:06
Deberías mirar primero si tu Convenio permite permiso por hospitalización, el ET sólo acepta intervención quirúrgica. Dicho esto, también deberías mirar si tu Convenio especifica que los días de libranza se cuentan por días laborables o por días naturales. Si el permiso es en días naturales, la empresa tienen razón y deberías haber ido a trabajar el lunes normalmente, pues los dos días naturales ya serían el sábado y el domingo. Si el convenio lo cuenta por días laborables, entonces sí podías faltar esos dos días.
Dias permiso defuncion
20/04/2011 14:03
aver os cuento resumido... mi abuela esta ingresada el dia 15 de Abril Viernes ese día no voy al trabajo, tengo mi justificante de hospitalizacion , el dia 16 de Abril Sabado fallece... yo Sábado y Domingo no trabajo, entonces no acudo a trabajar ni Lunes ni Martes... entendiendo que estos dos dias son los que me corresponden por fallecimiento de mi abuela...tengo el certificado de defuncion y los libros de familia entregados en la empresa. Mi empresa dice que no me cubre lunes ni martes, tengo entendido que si sabado y domingo son mis dias de libranza y ella fallece el sabado pido que mis dos dias de permiso sean Lunes y martes eso es asi? Muchas gracias...