Uno de los requisitos para conceder la remisión condicional (perdón de la primera vez) es tener satisfechas las responsabilidades civiles, es decir, la indemnización. O sea, que si no paga la indemnización puede cumplir los dias de arresto que se le han impuesto, al igual que si no paga la multa.
Los Juzgados requieren de pago primero de la indemnización y luego de la multa. Normalmente, ambas, se pueden pagar a plazos.
Un saludo.
Hola, ¿que significa que una persona cumplira arrestos de fin de semana por cada dos cuotas diarias impagadas? La sentencia ha sido a mi favor. No paga y el juzgado ha averiguado que no tiene bienes a su nombre. El juicio fue por violencia domestica (faltas). ¿Se queda impune? ¿puede que al final pague al juzgado y mi indemnizacion no?