Necesito ayuda, hay una trabajadora que despues de entregarle el finiquito, asegura que me va a reclamar judicialmente (si no se los pago) 14 dias festivos trabajados el pasado año, tengo que aclarar que es un negocio de hostelería, que se cierra los Domingos por descanso y tienen sus horas repartidas durante la semana, no me ha aclarado a que dias se refiere, pero aseguro que no se le deben días del pasado año, y que dias festivos en un negocio de hostelería se trabajan aunque a uno no le guste. Rogaría respuesta, ya que me da un plazo de 4 días para el pago de estos dias a razón de 6.000 ptas. diarias, y de no ser así me denunciara.
ACLARACION: cuando digo que en el comercio de hostelería se trabajan dias festivos aunque no le guste a uno, quiero decir, que como todos sabemos, en los dias festivos todos los comercios del ramo de hostelería trabajan, en ningún momento he querido decir que yo imponga a los trabajadores trabajar esos días, ellos tienen sus dias de permiso como marca nuestro convenio. Gracias
Precisamente porque en la hostelería es habitual trabajar los festivos es por lo que la mayoría de los convenios colectivos de este sector recogen una cláusula en la que se recoge que pasa con los festivos que se trabajan. Normalmente pueden acumularse a vacaciones, disfrutarse en un periodo distinto al de vacaciones, o abonárselos a razón del salario diario incrementado en un porcentaje (que tambien viene recogido en el convenio colectivo). Según el Estatuto de los Trabajadores, se tiene derecho a un mínimo de 30 días naturales de vacaciones, 14 festivos y un día y medio de descanso. Estas condiciones pueden ser mejoradas por convenio colectivo pero nunca se pueden restar estos derechos que tienen caracter de mínimos. No se en que provincia está tu negocio por lo que no puedo darte más detalle.