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Dias festivos

4 Comentarios
 
Dias festivos
11/02/2025 15:19
Buenas tardes
A ver si me podéis ayudar.
Yo trabajo en una gran superficie (convenio grandes almacenes). En mi contrato indefinido pone de lunes a domingo, pero al trabajar en logística, llevo desde el primer día (hace ya 20 años) librando sábado y domingo, ya que esos días no hay transporte.
Ahora, de pronto, mi jefe me dice que cada vez que haya un festivo (caso concreto, el próximo 28 de febrero, viernes) estoy obligado a ir a trabajar el sábado. Porque según él, ese día festivo no cuenta como horas trabajadas y no llegaría entonces a las 40 horas.
Ésto es así? En ese caso, yo realmente nunca disfruto de un festivo, porque según mi jefe, si hay un festivo entre semana (lu a vier) , yo tengo que trabajar sí o sí el sábado siguiente para cumplir las 40 horas.
Muchas gracias, estoy hecho un lío.
11/02/2025 15:51
El convenio colectivo de grandes almacenes es de ámbito provincial por lo que para ver lo que dice debemos conocer la provincia.
Dicho esto, lo que dice su jefe no es cierto y ya le explicaré el porqué no es así cuando conozca la provincia.
Como siempre la empresa siempre quiere sacar provecho del desconocimiento de los trabajadores.
smo
11/02/2025 16:15
Jamgrrhh28
La provincia es Málaga, y la tienda está en Málaga capital. Gracias por su ayuda
11/02/2025 18:21
Bien, parece ser que no hay conv colectivo grandes almacenes de Málaga por lo que nos basaremos en el Estatal.
Aunque tenga usted firmado en cto jornada de L a D su jornada real es de L a V y por tanto una jornada de 40 h/sem para un total anual. de 1770 h/año lo que suponen 221,25, (221 días más 2 h), días/año de trabajo.
Esto hace un total de 44,25 sem/año.
Cuando en una jornada e L a V son 40 h/sem si algún día es festivo, (salvo que el centro de trabajo abra ese festivo, el trabajador lo descansa y se computan como 8 h trabajadas, cuando se trabaja todo el año se debe establecer un cuadrante te e equitativo entre los trabajadores con su descanso semanal de dos días rotativos para que todos los trabajadores trabajen los mismos festivos, Sábados y Domingos, (no es el caso), por lo que al no haber cuadrante usted trabaja siempre de L a V y festivo que haya de por medio se descansa y se considera trabajado.
Ahora lo importante, cuando se les comenta esto ustedes suelen acudir a su jefe y decirle lo que por aquí les decimos, mal hecho porque les ponen sobre aviso y ellos se van a mantener en su criterio inicial y luego el trabajador no hace nada.
Debe usted acudir a sus RLT's, (Delegados de personal o miembros del Comité de Empresa), si desconoce quienes son acuda a un sindicato a la federación de comercio y estos le explicarán sus dchos y le dirán como actuar, (normalmente el Comité ya lo solucionará y si no lo hace siempre queda la demanda ante el Juzgado de lo Social.
smo
11/02/2025 19:34
Jamgrrhh28
Muchísimas gracias. Hablaré con el enlace sindical mañana mismo sin falta