Hola, en mi convenio (oficinas y despachos Alicante) está especificado que los días de vacaciones son 30 naturales.
Hace unos años mi empresa decidió que pasaban a ser 21 laborables y no se si realmente deberian ser 22.
¿Podeis ayudarme? en caso de que sean 22, podriais indicarme algun documento oficial donde esté reflejado?
si tu convenio dice que son 30 naturales son 30 naturales, porque en tu empresa quien tome las vacaciones en julio (que tiene 31) empezando el dia 2 tomaria 22 laborables, el mismo caso en agosto (que tambien tiene 31) empezando el dia 1 tomaria 21 dias. lo cual viene a decir que son 30 naturales quiera la empresa o no.
y como suelo decir, si estoy equivocada corregirme
gracias
Ratifico a gemina, el artículo 38 ET regula las vacaciones anuales diciendo que el período de vacaciones anuales retribuidas, ...., será el pactado en convenio colectivo o contrato individual. En ningún caso la duración será inferior a treinta días naturales.
Es decir, el ET marca unos mínimos de derecho necesario y se remite al convenio colectivo para su desarrollo o incluso incremento de derechos. En este caso el Convenio Colectivo de aplicación es el de Alicante de Oficinas y Despachos, que fue publicado en el BOP número 10, de 15 de enero de 2008, que regula las vacaciones en los siguientes términos:
"Art. 16 vacaciones
El periodo anual de vacaciones tendrá una duración de 30 días naturales para todo el personal. Se disfrutarán en las fechas que se fijen de común acuerdo, empresas y trabajadores, supeditadas a las exigencias de trabajo que tengan aquellas y se disfrutarán, preferentemente en los meses de junio a septiembre, ambos inclusive".
No hay más cera que la que arde, 30 días naturales. En caso de desacuerdo se puede acudir al Juzgado de lo Social, pues está previsto un procedimiento especial, con plazos muy breves, para resolver las discrepancias en esta materia.
Gracias por la respuesta, el problema es el tipico de empresas pequeñas... si dices algo ya te marcan como el problematico. Todos pensamos que son 22 dias en caso de que la empresa quiera dias laborables (ya cambió en su dia a laborables sin consultar con nadie) en lugar de naturales, pero antes de decir nada quiero tener las cosas claras.
Por cierto, ¿qué número de trabajadores exige representación sindical en la empresa?