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Dias de servicio en favor de la comunidad

14 Comentarios
 
16/06/2014 15:44
buenas tardes, quisiera me orientaron, me impusieron los tbc en una residencia de la 3 edad, no hubo una lista de lugares a elegir, como me habian comentado funcionaba, me dijeron es esto lo que hay, en principio la trabajadora me dijo que no tendria que encargarme de limpiar a los abuelos ni tareas de cocina o limpieza, que eran ocupaciones ludicas para los abuelos, cuando he llegado a la residencia me poenen a hacer de todo, cuando les falta personal, debo sustituir a las auxiliares, yo no tengo preparacion de auxiliar, menos de manipulacion de alimentos para estar en cocina, en fin, no se como hacer para que respeten lo que me habian dicho en la primera entrevista, ademas solicite por escrito una copia de la hoja e registro de mis firmas donde puedo controlar los dias que hago, ya que hay gente que ha estado alli en la residencia y me han comentado como siempre les hacen hacer muchas jornadas màs de las estipuladas, tod lo pedi por escrito desde hace 3 meses y no recibo respuesta, no se a quien dirigirme, en un caso así, mi trabajadora esta visto que no le interesa colaborar, y aunque acepto que es una pena que debo cumplir, tampoco me parece correcto que la entidad donde las realizo se aproveche y en lugar de contratar personal, haga que yo realice trabajo para los cuales no estoy preparada. Gracias espero ayuda de alguno de vosotros.
15/09/2009 01:08
ejecutoria, sorry.
14/09/2009 19:56
Hola a todos,
Quisiera saber si el plazo de un año de prescripción de los tbc cuenta a partir de la sentencia del jucio rápido o por el contrario es a partir de la ejecutoria de la sentencia, ya que yo tuve el jucio en una provincia diferente a la mía el 26/08/2008 y me requisaron el carnet y el pago de la multa en el juzgado de mi ciudad el 12/12/2008.
Pues a 04/09/2009 me llega un telegrama citándome para el 23/10/2009 en los servicios sociales de mi ciudad.
Puedo hacer recurso? Donde? muchas gracias.
21/06/2009 00:26
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/rd515-2005.html#a11

En el anterior enlace puede ver el reglamento que regula los tbc, por si quieres informarte mejor.

En relación a tu pregunta, 8 horas es el máximo, pero se pueden establecer menos... creo que en tu plan de cumplimiento debería establecer el horario.

Estás cubierto por la seguridad social.
20/06/2009 11:24
hola y perdonen por la intromision.a mi me han llamado para hacer los tbc que tendre que hacer en mi ayuntamiento,empezare a mediados de julio 22 jornadas.la preguntas son.¿cuantas horas te pueden obligar a hacer al dia?,¿las 8 horas?,¿que te mandan hacer?,¿hay algun seguro o algo en caso de que te accidentes?,un saludo y muchas gracias a todos.
20/06/2009 10:45
Gracias Katia, en ese caso para mi pareja ya han prescrito , ya que la sentencia se dicto en mayo, y no ha recibido notificacion alguna del juzgado para que se presente a realizar dichos trabajos. Un saludo
19/06/2009 18:43
Un año después de dictada la sentencia, puede considerar que los trabajos en beneficio de la comunidad prescriben, como le han indicado más arriba.

Saludos,
19/06/2009 17:30
Pasado un año desde que se dicto la sentencia , prescribe lo de los trabajos en favor de la comunidad , o por lo contrario aun te pueden citar para ello? No he entendido este punto, gracias
19/06/2009 13:39
El Juez de Vigilancia suele aceptar que el penado cumpla los TBC (Trabajos en benficio de la comunidad) en algún organismo público, fundación o ONG. Para ello debes ponerte en contacto con alguna institución que te permita realizr los trabajos en función de tu preparación y tu disponibilidad. Luego con una carta de dicha institución, donde se recoja cuando los vas a realizar y en que van a consistir la entregas al Trabajador Social con el que hablarás el día que te citen.
18/06/2009 14:32
Gracias trometol, efectivamente son 8 meses y han pasado 6, me he equivocado.
Puedes explicarme mejor lo de cumplimento ONG. Muchas gracias. Saludos

18/06/2009 14:16
Tienen un año para que no prescriba.
Lo que no entiendo es que fuera penal con 6 meses, pues el minimos es un año que con rebaja de 1/3 por juicio rápido se quedarían en 8 meses.
Los 30 días en Madrdid se traducen en 60 horas, es decir 2 horas por dia de trabajo en bien de la comunidad.
Puedes elegir los trabajos si presentas, el día que te citen, que ya tienes lugar de cumplimineto ONG o similar y el Juez de Vigilancia Penitenciaria no pone ningún repar.
17/06/2009 11:37
Buenos días a todos, soy Italiano y resido en España desde hace 3 años. Hace 4 meses me quitaron el carnet (0,59) por via penal (6 meses multa 30 días por la comunidad). Ahora me faltan dos meses para cumplir la pena pero aun no me han llamado para trabajar en comunidad. Quería preguntar si una vez acabados los 6 meses, pueden llamarme más adelante o no.
Muchas garcias por vuestro tiempo.
08/06/2009 17:33
Gracias por responder UNOABOGADOS , tu respuesta nos ha sido muy util .Un saludo
08/06/2009 13:51
La forma habitual de cumplimiento, es que el Juzgado en su auto de ejecución de Sentencia le emplace en el organismo en el cual va a cumplir los servicios comunitarios, que a su vez le darán las distintas posibilidades para el cumplimiento de los mismos. Será en ese organismo en el que se determine las funciones, horarios y demás pormenores del cumplimiento. Habitualmente son flexibles y no suele interceder en su día a día, para un asunto de sus características

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Dias de servicio en favor de la comunidad
08/06/2009 13:19
Mi pareja dio positivo en un control de alcolemia , con lo cual le retiraron el carnet y tuvo que pagar una multa, ahora esta apunto de recuperar el carnet de condicir , pero tambien le impusieron dias de servicio a la comunidad como castigo, mi pregunta es la siguiente .
Como se cumplen estos dias? se pueden realizar en dias no laborables o por el contrario , te obligan a cumplirlos de forma que puede afectar al trabajo? agradeceria que alguien nos sacara de dudas , reciban un saludo