No, yo no he dicho que la ley lo contemple (ni lo del permiso en caso de parto ni lo de los 200 km), he dicho que respecto a si aplica o no el permiso en este caso nuestros tribunales han cambiado su doctrina tradicional y ahora entienden que sí corresponde permiso.
Y respecto a la distancia, lo mismo, es un criterio de nuestros tribunales, bastante generalizado, pero la ley, repito, no lo concreta (algunos convenios sí lo hacen y pueden considerar otra distancia o criterio). Bueno, y es algo que puede ser matizado por otras factores, no solola distancia (facilidad de comunicaciones...).
Si quieres una ley que te diga todo esto, no la hay.
Entonces por lo que entiendo la ley lo contempla y tendria los 2 dias por hospitalizacion independientemente de la causa y por desplazamiento de mas de 200km 2dias mas, es asi?? Que en total serian 4dias minimo no??
Muchas gracias por toda la informacion.
Hasta hace poco la jurisprudencia era prácticamente unánime y muy clara en el sentido de considerar que no aplicaba el permiso por enfermedad grave u hospitalización de familiar de hasta segundo grado en el caso de parto (a pesar de que normalmente éste tenga lugar en una clínica u hospital), salvo que entrañase complicaciones especiales como puede ser una cesárea (que se considera intervención quirugica y requiere, además, un periodo de hospitalizacion mas prolongado que un parto normal), por entender que tener un hijo no es una enfemedad, y, aun estando ingresada la madre, se entendia que no se trataba de una "hopsitalización" en el sentido previsto en el art. 37 del ET y que genera ese permiso.
No obstante, tras la entrada en vigor de la Ley para la Igualdad, nuuestros tribunales, TS incluido, han cambiado expresa y radicalmente su doctrina tradicional y sí consideran como generador del permiso para los familares el parto, aunque sea natural y sin especiales problemas,por el hecho de que requiera la hospitalizacion de la madre (lo que no deja de ser discriminatorio para los casos de partos en el hogar, que ahora se empiezan a poner de moda).
Respecto a la distancia a considerar a efectos de determinar si hay o no desplazamiento, es cierto que el ET no lo concreta (aunque sí lo hacen algunos convenios), aunque el criterio de nuestros tribunales es fijarlo en una distancia minima de al menos 200 km por trayecto.
hola, si, le corresponde 2 días y aunque en ningún lugar de la ley se habla de km, diría que 400 km es distancia suficiente para considerarse desplazamiento, por lo tanto son 4 días.
La sentencia del Tribunal Supremo 23/4/09 asi lo confirma.
Basta la hospitalización para que se genere el derecho a permiso sin que se necesaria la enfermedad mas o menos grave de la madre o el bebe.
Con todos mis respetos a las mujeres en general y a las mamas en particular: un parto normal sin complicaciones no es nada del otro mundo...
Sin haber consultado tu convenio, pero suelen poner lo mismo, mira lo que dice el ET art. 37.3.b:
Dos días por el nacimiento de hijo y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días.
Por el mero hecho de la hospitalizacion y el reposo domiciliario posterior, yo personalmente no he conocido casos de que a trabajadores se les haya denegado ese permiso. Si por cogerse 4 dias cree que va a tener graves problmeas con la empresa, aunque para mí estaria en su derecho a coger los dias, debe valorar su conveniencia del disfrute. (recuerda que la empresa le puede pedir esahustiva documentacion justificativa del derecho
A ver si alguien me puede aclarar esto porque estoy desesperada. Un trabajador que pertenece al convenio del comercio del metal de la comunidad de Madrid, ¿en caso de hospitalización de una hija la cuál vive a más de 400km de distancia, cuántos días le pertenecen de permiso por este motivo? (voy a ser madre y en el trabajo le han dicho a mi padre que no tiene ningún día de permiso a no ser que me hicieran cesárea, pero si tengo un accidente de tráfico por ejemplo y estoy hospitalizada pero no me operan, que pasa que tampoco tiene días de permiso...??, sé que por nacimiento del nieto no tiene días, pero por mi hospitalización??)
En la página del ministerio de empleo he podido ver el convenio, pero no encuentro ningún punto donde especifique esto y necesitamos saberlo en la mayor brevedad posible. Gracias de antemano.