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Días de Paternidad

18 Comentarios
 
Días de paternidad
18/06/2007 12:54
Hola, soy nuevo aquí, he buscado pero no encuentro exactamente lo que busco, a ver si me podeis hechar una mano.
Voy a ser papá, creo que me pertenecen 2 días por el nacimiento de mi hijo, pero no sé si mi mujer me puede ceder los días que le pertenecen a ella o no, es autónoma y por eso me los cedería.

Muchas gracias por su ayuda
18/06/2007 14:09
Tengo entendido que tras la aprobación de la Ley de Igualdad han aumentado los días de permiso por maternidad, concretamente 13 días más a los dos que señalas. Con respecto a la cesión que te pueda hacer, ésta debe ser posterior al parto y durante 10 semanas. Entiendo que eres asalariado por cuenta ajena... De todas formas espera otras respuestas que te ratifiquen o corrijan mis afirmaciones.
19/06/2007 09:38
Muchas gracias sopapicos, esperaremos más respuestas ;)
19/06/2007 10:22
Como te comenta sopapicos, tienes 2 días de permiso remunerado (pagados por la empresa) más 13 días de suspención del contrato de trabajo por paternidad (pagados por la SS).
Además de ello, tu mujer ha de disfrutar obligatoriamente 6 semanas de baja por maternidad y las otras 10 puedes disfrutarlas tú si ella te cede el derecho. Puedes disfrutar de este descanso simultánea o sucesivamente.
Un saludo
19/06/2007 11:59
Cita Patricia Blanco"Además de ello, tu mujer ha de disfrutar obligatoriamente 6 semanas de baja por maternidad y las otras 10 puedes disfrutarlas tú si ella te cede el derecho"
Lo de DISFRUTAR quiere decir ¿alguien se lo paga?
19/06/2007 12:23
Muchísimas gracias Patricia.
Pues así tendré: 2 días que me da la empresa 13 días que me da la SS 10 semanas que me da mi mujer, uju!! 3 meses sin trabajar! viva mi futuro hijo jejeje (creo que me van a hechar del curro)

Como pregunta kasco, a ella ¿alguien le paga estas 6 semanas?, es autónoma...

Un saludo y gracias de nuevo
19/06/2007 12:33
Las 16 semanas de prestación por maternidad las paga la seguridad social, tanto en el Régimen General como en el de Autónomos.
19/06/2007 12:50
Kasco claro que se las pagan, la SS, pero le paga el 100% de la base reguladora como a toda madre recién parida. Si su base reguladora es pequeña, su prestación es pequeña... No sé si es eso lo que preguntabas.
19/06/2007 14:40
En resumen:

- 2 dias que te corresponde descansar por parte de la emrpesa (Remunerado)
- 13 dias que te corresponden or la seguridad social. (Prestación = base día del mes anterior x 13 de prestacion)

Esos 15 dias (13 2) los disfrutas a la par que tu mujer.
- 6 semanas obligatorias que descansa tu mujer.
- 10 semanas que puedes coger tú siempre que tu mujer NO los coja. También son de prestación por la seguridad social, pero recuerda que si la tienes TU no puede Tenerla tu mujer.

saludos
19/06/2007 16:05
He hablado con mi mujer y sólo me da 2 semanas de las 10 que me podría dar....
Pero es normal, tendremos un hijo y necesitaremos dinero, si yo me cojo las 10 semanas y ella no puede trabajar (o no quiere porque quiere estar con nuestro hijo) pues tendremos un sueldo menos.......

Muchas gracias a todos por las respuestas.
Saludos
19/06/2007 16:22
Ahora haz calculos, y procura que las 2 semanas no te coincidan con los dias de vacaciones ;)
02/07/2007 11:16
Hola, quería saber si las 10 semanas empiezan a contar desde el fin de los 15 dias nuevos que ha dado el gobierno o desde el parto.
Un saludo
02/07/2007 11:30
las 10 semanas las tienes que coger siempre desde que tu mujer ha disfrutado de sus seis obligatorias por descanso...
Y para que no te coincidan los permisos, es durante esas 6 semanas donde debes disfrutar los 13 días de paternidad (los otros 2 se supone que ya los has disfrutado tras el nacimiento...)
02/07/2007 11:42
yo he disfrutado de las 10 semanas antes que mi mujer, pero no sé si las tengo que conmar desde el parto o desde que terminaron los 15 dias.
Gracias
02/07/2007 11:47
no lo entiendo, si no ha nacido tu hijo, como has disfrutado ya de las 10 semanas?

A ver tienes que contar

1. 2 dias despues del parto.

2. 13 dias despues de esos 2 dias = 15 dias.
(van dos semanas aprox)
Aqui tu mujer esta disfrutando de su baja.

3. Pasan 4 semanas mas en las que no puedes cogerte ningun permiso ya que son obligatorias de descanso para la madre.

4. A partir de aqui tu mujer comienza a trabajar de nuevo y tu empiezas tus 10 semanas de permiso.

¿es asi?
02/07/2007 11:53
el permiso puede ser simultaneo, nace el niño y empezamos los dos a disfrutar de permisos. Mi mujer coje las 6 semanas obligatorias y yo comienzo desde el parto a disfrutar de permiso tambien.
Mi duda es que si tengo 16 dias (13 de Zapatero y 3 por mi convenio), desde cuando empiezan a contar las 10 semanas
a) desde la fecha de naciemiento de mi hijo
B) desde que terminan los 16 dias que me ha dado el gobierno y mi convenio.
Gracias
02/07/2007 12:41
http://www.seg-social.es/inicio/?MIval=cw_usr_view_Folder&LANG=1&ID=51120#51170

En este link puedes encontrar informacion detallada de como cogerte el permiso.
En general, puedes cogerte los 13 dias antes o despues de las 10 semanas, como prefieras.
02/07/2007 12:49
Gracias
02/07/2007 12:52
lo que es impepinable son los dos días (3 en tu caso por convenio) que se disfruten como permiso retribuido tras el nacimiento de tu hijo.
Los otros 13 del permiso de paternidad es lo que puedes amoldar...