Mi madre trabaja en hostelería, por lo que le pertenecen 2 días de libranza a la semana.
Se va de vacaciones del 1 al 15 de Agosto. Como el 1 es martes esa semana no libra. El 15 es martes también y le dicen que esa semana sólo le corresponde librar un día. ¿Es correcto?
Además en el convenio pone que "en cualquier supuesto las vacaciones se iniciarán después del descanso semanal" y a ella no le van a dar el lunes 30.