Trabajadora de servicio de domiciliario adscrita al convenio de vii convenio marco de atención a la dependencia, ... trabaja 36 h semanales de lunes a viernes (vacacionees 30 dias naturales),
Comunica a la empresa que los dias 4,5 y 8 de mayo se los toma de asuntos propios, la empresa se los deniega y le dice que le puede conceder del 4 a 8 (5 dias) de vacaciones .
Vamos a ver, el convenio colectivo estatal reconoce en el art 53 los permisos retribuidos, entre ellos hay 4 días de libre disposición (uno por trimestre), es decir cada 3 meses puede coger uno pero no son acumulables, así que si quiere puede consumir esos 5 días de vacaciones pero como días de libre disposición no.
Hay que ver como son los trabajadores, al denegarle la empresa , los dias como asuntos propios, el trabajador, coge, presenta la baja voluntaria, no concede los 15 dias, sino 11 dias habiles, y se coge vacaciones sin autorización de la empresa.
Dejando colgados a clientes y empresa....