Y porque habla de 40 km si el convenio habla de 50 km? Qué tienen que ver los 40 km si la distancia son 50 km? Bueno según usted entre la residencia del trabajador y el hospital está aproximadamente a 100 km, a su vez está en otra provincia así que salvo que haya interpretado mal el límite entre provincias y que se refiera a CCAA pues yo tampoco entiendo que le hayan denegado la licencia de 5 días, ya que dicho sea de paso, se consiente la alternancia de días en periodos distintos.
En cuanto a lo de hacer trampa o no, su explicación de lo que decía el convenio, en su primera consulta, no hacía mención ni de rebasar los límites de la provincia y el 2 dato, el de los 40 km lo que nos daba a entender es que no había la distancia que superaba los 50 km así que fue usted quién me hizo jugar al despiste.
Sólo en el caso de que los 5 días debieran ser consecutivos, con lo que posiblemente hubiese días de descanso o festivos que por ser días naturales contarían sobre la licencia de 5 días, aún así se tendría dicho a 5 días.
Me sorprende negativamente el tono de su respuesta, en absoluto me parece adecuado y profesional. NO ESTOY HACIENDO TRAMPA. Como decía en la consulta anterior , el ingreso es en un lugar a más de mayor de 40Km, son unos 100Km y en otra comunidad por eso esa persona solicitó los 5 días. Ahora por favor ¿podría alguien amablemente responder a mi pregunta? muchas gracias.
Se lo aclaro, verá empieza usted haciendo trampa dando a entender que son 5 días de esa licencia, bien no es as,í el convenio por usted mencionado fija en su art 53. C que la licencia por enfermedad grave u hospitalización es de 3 días y que se ampliaran en dos días más en el caso de cumplir dos condiciones , 1 que se supere lo limites entre provincias o CCAA uniprovinciales cosa que usted no nos dice, es decir el trabajador puede residir en A Coruña y tener una distancia entre el lugar de residencia del trabajador superior a esos 50 km pero no rebasar los limites de la provincia en cuyo caso la licencia no se vería incrementada en esos 2 días mas o por contra variar de provincia, un ejemplo muy visible CCAA autónomas de Galicia y la CCAA Uniprovincial de Asturias con el limite de de las CCAA entre las poblaciones de Ribadeo (Galicia) y Vegadeo (Asturias) la separación de estas dos poblaciones es de un puente con lo que se puede pasar los limites entre las CCAA incluso dando un paseo, bien pongamos por caso que el trabajador reside en Asturias en Vegadeo y el familiar esta ingresado en un Hospital en Galicia en Ribadeo pues aunque se superen los limites de pasar de una CCAA a otra no se generan esos 2 días mas que marca la licencia porque no se supera el 2 requisito de que supere una distancia de 50 km de distancia entre las poblaciones.
Así que usted nos esta haciendo trampa, primero no os dice si se sale o se cambia de CCAA o provincia y tampoco supera los 50 km, nos dice que esta a unos 40 km por tanto la licencia son 3 días.
smo
Buenos días, una compañera tiene a un familiar ingresado a más de 40 km de distancia del trabajo. Ingresaron al familiar un miércoles y como el ingreso es largo tiene que repartirse los días de acompañamiento con otros familiares. Solicitó 5 días contando desde el lunes siguiente. En la empresa le dicen que se reducen a tres por este articulo del VII Convenio Marco Estatal de Servicios de Atención a las Personas Dependientes y Desarrollo de la Promoción de la Autonomía Personal: Artculo 53 : "...En los casos de enfermedad grave
que requiera hospitalización, el disfrute se puede realizar, incluso de forma fraccionada por días, mientras dure la hospitalización. Los días de dicho fraccionamiento, que deberán comunicar a la empresa, tendrán el mismo carácter de laborales, descanso semanal o festivos que hubiesen tenido en el caso de que la persona hubiese optado por disfrutarlos de forma continuada desde el inicio del hecho causante. Siempre que el personal necesite hacer un desplazamiento, a tal efecto, fuera de la provincia o de la comunidad autónoma uniprovincial, salvo que la distancia fuese inferior a 50 kilómetros, o por causa realmente justificada, el plazo se verá ampliado a 2 días adicionales. Podrán ampliarse estos días descontando los festivos abonables y/o vacaciones, previa solicitud del personal". En administración dicen que " corren" desde el día del ingreso. Yo no lo entiendo así. Les agradecería que me lo aclararan.