Es correcto, en las juntas extraordinarias no hay plazo, nos dice ley que con la antelación suficiente para el conocimiento de todos.
No son gastos los que propone la convocatoria, la misma indica, estudio de alternativas, y una alternativa puede ser, quedarse como están.
He visto: el plazo para contar los 6 días en el caso de las Juntas Generales ordinarias debe entenderse a partir de la fecha de recepción de la citación y en otros sitios he visto: desde la fecha de la carta, aunque te la envíen al día siguiente y la recibas más tarde
Hola.He recibido hoy día 26 la convocatoria de reunión ordinaria en Cataluña para el día 2 a las 19 h.
¿ Es correcto? Son ocho días de antelación,? ¿ Son seis? ¿ Son días naturales? ¿Cuenta desde hoy o desde mañana?
Es que hace 15 días hemos hecho una convocatoria de toma de acuerdos y no se aprobaron unos gastos y ahora en esta vuelven a salir estos gastos de otra manera...pone estudio y valoración de alternativas...