Buenas tardes,
Mi consulta es la siguiente: en la empresa en la que trabajo me permiten acumular las horas de lactancia hasta que mi bebe tenga 9 meses tal y como se recoge en el Estatuto de los trabajadores,no obstante discrepamos en cuanto al número de días: con los cálculos que he realizado sale un total de 112 días laborables, los cuales divididos en 8horas de trabajo al día dan un total de 14 días. Bien, la empresa dice que son 14 días naturales y que ellos lo redondean en 15 días naturales, como si estuviesen haciéndome un favor, yo les digo que sí divides días laborables salen días laborables y no naturales, pero ellos dicen que no, que las cosas en esta empresa se hacen así. Por favor, alguien podría facilitarme algún precepto legal, sentencia, etc en el que se manifieste que son días laborables y no naturales? Mi convenio no se manifiesta al respecto.
Gracias
El estatuto del los trabajadores dice que este permiso se podrá optar a una reducción de la jornada de media hora o acumularlo en jornadas completas. El art. 37.4 del Estatuto se refiere a jornadas laborales , ya que no podemos ausentarnos del trabajo si estamos de descanso. Por lo tanto los días de permiso acumulado se corresponden con días laborables y no naturales. El cálculo de tu empresa es correcto, salvo que el convenio colectivo lo mejore y según dices no comenta nada al respecto.
Creo que no me he explicado bien, mi empresa dice que son 14 días naturales (incluyendo sábados y domingos) y yo por el contrario digo que son días laborables ( de lunes a viernes)
Podríais indicarme alguna sentencia en la que apoyar esta afirmación,ellos dice que en la empresa se hacen así las cosas, 15 dias naturales y listo.
Un saludo
Cito el artículo 37.4 que ha indicado Fernández y Núñez.
"4. En los supuestos de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento de acuerdo con el artículo 45.1.d) de esta Ley, para la lactancia del menor HASTA QUE ÉSTE CUMPLA NUEVE MESES, los trabajadores tendrán derecho a UNA HORA DE AUSENCIA DEL TRABAJO, que podrán dividir en dos fracciones. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto, adopción o acogimiento múltiples.
Quien ejerza este derecho, por su voluntad, podrá sustituirlo por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o ACUMULARLO EN JORNADAS COMPLETAS en los términos previstos en la negociación colectiva o en el acuerdo a que llegue con el empresario respetando, en su caso, lo establecido en aquélla.
Este permiso constituye un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres, pero sólo podrá ser ejercido por uno de los progenitores en caso de que ambos trabajen."
Por lo tanto, en MI opinión, lo que tienes que hacer es lo siguiente:
1) Contar los días que has TRABAJADO (días laborales) desde que te reincorporaste a tu puesto de trabajo, después de la baja por maternidad.
Te corresponderá UNA hora por día TRABAJADO.
2) Como he interpretado que trabajas a jornada completa (8 horas diarias), dividir el total obtenido en el apartado 1) entre 8.
Dices que te salen 112 días, Por lo tanto, estoy de acuerdo en que serán 14 días LABORALES.
Pienso que tienes razón. Los días son laborales y NO naturales, dado que te corresponde esa hora por lantancia en los días que TRABAJAS, NO en los que libras.
Enseña a tu empresa el texto el artículo que dice, CLARAMENTE, "los trabajadores tendrán derecho a UNA HORA DE AUSENCIA DEL TRABAJO".
Como es una hora de ausencia del trabajo, los 14 días tendrán que ser días LABORALES.