Jejeje gracias mosca cojonera, claro mi intención es aprovechar el finde y el día que me toca por mundanza y uno de vacaciones para hacerlo todo, ya que es un piso amueblado puedo entrar en cuanto tenga las llaves.
Mi jefe firmara la escritura y cuando voy a médico no me pide nada, así que no creo que lo haga.
Merciiii por la atención =)
Menos mal que no ofende quien quiere, si no quien puede. Y mi única duda era si me correspondia o no. Ese mismo fin de semana me mudaría, de ahí que me pido el lunes.
Ala, decid lo que queráis, gracias por las buenas informaciones.
Hola liberté.
Ya supongo (por cierto tono de prepotencia que trasluce de sus escritos) que Auri lo sabe todo (o eso cree), pero por si acaso... Que a veces somos tan listos que se nos olvida lo obvio.
Sólo pretendía reforzar tu argumento.
Un saludo.
Es el mensaje que he intentado transmitir a auri en mi post.
No tiene derecho a un día de MUDANZA por el mero hecho de comprarse un piso.Tiene derecho a un día de MUDANZA por TRASLADO DEL DOMICILIO HABITUAL.
Como, aunque consulta en un foro, auri tiene MUY claro lo que debe hacer, estoy segura de que ya había tenido en cuenta la información que le has aportado. Sobre todo, teniendo en cuenta que va a firmar los documentos de la compraventa en la notaría en la que trabaja.
Ten cuidado, Auri, que te pueden pedir justificante. Puede valer el recibo del camión que te haga la mudanza (si te lo hacen los amigos ya no sé si valdría un escrito firmado por ellos ;) o el empadronamiento en el nuevo domicilio.
jajajaja bueno, puntualiza lo que quieras, no exijo, pero estaba bien claro lo que quería decir, otra cosa es que ahora te hayas puesto a buscar tonterías para contestar.
Tengo muy claro lo que hacer, ya que mi intención desde el primer momento fue cogerme el día de mudanza el lunes, y no antes de firmar =)
Jajaja. A ver si, dado que te permites el lujo de exigir a alguien, que intenta prestarte ayuda, que lea antes de responder a tu consulta, haces un esfuerzo para facilitar la lectura a los foreros, expresándote correctamente.
Por ej, puntuación (muy importante), acentos (muy importante), faltas de ortografía, utilización de los términos correctos.
No es lo mismo si que sí (con o sin acento).
No es lo mismo un punto que una coma.
No es lo mismo decir "no me quiero cojer el día de mudanza antes" que "no ME CORRESPONDE coGer el día de mudanza ANTES".
Me permito hacer estas puntualizaciones, dado que eres muy exigente y, sobre todo, que trabajas en una NOTARÍA.
Por lo tanto, sé que lo entenderás.
De todas formas, lo importante es que tengas claro lo que debes hacer.
Pero que dices? Si lo que he dicho es precisamente eso, firmo el viernes y tengo libre de mudanza el lunes, no necesito libre el día que firmo ya que lo hago en mi propio trabajo. a ver si antes d escribir leemos porque vaya tela jajaj
No es que NO quieras coger el día ANTES, es que NO puedes. NO tienes derecho a ese día hasta que NO realices la mudanza.
Significado de mudanza: Cambio que se hace de una vivienda a otra y que consiste en trasladar los muebles y los enseres al nuevo lugar de residencia.
El día al que TIENES DERECHO es por "TRASLADO DEL DOMICILIO HABITUAL".
NO tienes derecho a UN DÍA para FIRMAR EL CONTRATO de compraventa.
Cuando el piso sea de TU PROPIEDAD y decidas realizar la MUDANZA, podrás disfrutar del día.
Por lo tanto, si firmas el viernes y realizas el "TRASLADO DE DOMICILIO o MUDANZA" el lunes, te corresponderá por LEY el lunes.
Si NO, NO te corresponderá.
A ver si, al final, vas a meter la pata por un puñetero día.
En cuanto a los permisos, éstos se regularán por lo previsto en el Estatuto de los Trabajadores y en los Convenios de ámbito territorial inferior.
Así que según tengo entendido, si me corresponde un dia, y no me quiero cojer el dia de mudanza ANTES, si firmo un viernes, cojerme el lunes de mudanza y martes de mis vacaciones
Salvo que en tu convenio colectivo indique otra cosa, el Estatuto de los Trabajadores (ET) estipula en su artículo 37 que
"El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente: ....(punto 3, letra c) Un día por traslado del domicilio habitual."
Te adjunto el enlace del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo por el que se aprueba ET
El art. 37.3.c del Estatuto de los Trabajadores dice:
3. El trabajador, PREVIO AVISO y justificación, podrá ausentarse del trabajo, CON DERECHO A REMUNERACIÓN, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:
c) Un día por traslado del domicilio habitual.
Por lo tanto, ese día, al que tienes derecho, lo podrás utilizar en el momento en el que realices el traslado de domicilio, NO antes.
Trabajo en una notaría de Catalunya, la semana que viene voy a comprarme un piso, y tengo un jefe algo especial, al que le he comentado que he visto que tengo un día libre por mudanza, y me ha dicho que donde he visto eso y que lo duda, pero que lo mirará.
Me puede alguien asegurar que es así??