El sábado se me planteo la siguiente duda:
Notificada Sentencia Penal por incumplimiento Régimen de Visitas, apelamos, mi abogada dice que presente el documento en el Juzgado de Guardia.
Una vez allí, insistimos en que nos abran pues esta cerradas las puertas con llave y tras conseguir acceder, el funcionario me dice que no procedía recoger el escrito pues los sabados son inhabiles en actuaciones.
Mi abogada dice que al tratarse de PENAL si que procede.
¿Me resolverán la apelación o dirán que no se presento por algún error de procedimiento?
Gracias.