El jueves 26 de mayo es festivo local en mi ciudad. En caso de que no hubiese sido festivo, la madre llevaría a mi hija al colegio a las 9.00 horas y yo la recogería a las 13.50 horas. Mi pregunta es ¿A qué hora tendría que recoger a mi hija en el domicilio familiar ya que no hay colegio?
La sentencia no dice nada respecto a los días festivos entre semana (sólo los que son puentes) y los abogados de cada una de las partes tampoco lo tienen claro.