Pues entonces, como creo que ya te he dado a entender, solicita la reincorporación no más tarde del día en que tu hijo cumpla los 3 años, es decir, justo el 21 de junio o incluso antes, pero no más tarde de ese día.
Y comunícalo con tiempo a la empresa (no te presentes a las bravas el mismo día 21). Aunque no se exige un preaviso específico en la comunicacion de reincorporación, piensa que por un lado hay trámites administrativos (comunicación del alta a la S.S. que debe ser previa, definir qué puesto vas a acupar, ya que,trasncurrido el primer año ya no se exige la reserva del mismo puesto de trabajo que ocupabas, puede ser otro puesto del mismo grupo prefesional o categoría equivalente. También puede suceder que ahora exista alguna persona contratada como sustituta por contrato de interinidad y tu reincorproacion suponga la extinción automática de su contrato, etc, ).
No Archilla, la duración máxima de la excedencia por cuidado de hijo es de 3 años contados desde el nacimiento. Por tanto, finaliza cuando el menos cumpla los 3 años.
Entiendo que la reicorporación no debería ser posterior al día en que justo cumple los 3 años.
Si has pedido una excedencia de TRES AÑOS, deberias volver al dia siguiente de cumplirse esos tres años desde que solicitaste la excedencia, que no es el dia del cumpleaños del niño (se supone que despues del nacimiento te cogiste la baja maternal) digo yo
Hola!
Se me termina la excedencia por maternidad de 3 años que había pedido, mi hijo cumple los 3 años el 21 de junio, cuando debo volver el 21 o el 22 de junio?.
Gracias anticipadas.