He tenido juicio hace unas semanas,la Mutua presento demanda en juzgado de lo social,frente al INSS y claro esta contra mi.
Tengo reconocida una IPT por accidente laboral,desde año 2013,ya sabemos que los juzgados estan saturados y el juicio ha sido dos años despues.
La citada demanda de la Mutua fue presentada un dia despues de los 30 dias,asi lo decia la resolución del INSS cuando me concedierón la IPT,contra la resolución de mi IPT,tendra un plazo de 30 dias para presentar demanda en juzgado de lo social.
Hay dia de gracia,despues de plazo de 30 dias,el juicio se ha celebrado y la jueza ha estimado la demanda de la Mutua o sea que tengo que recurrir al TSJ.
El INSS me da la razón de mi IPT y el juez le da la razón a la Mutua,incluso la jueza dice en sentencia que mi defensa alegó caducidad de la acción,pero no fundamenta nada al respecto.
Yo creo que deberia decir si estaba fuera de plazos o no estaba.
La demanda se presentó en plazo y la magistrada ya resolvió al respecto estimando la demanda de la mutua, pero vamos, esta cuestión se la deberías plantear a tu abogado ... que para eso le pagas!!!
Que quiere decir con no entrar en ese juego? Le ha respondido, porqué no pregunta al profesional que le lleva el caso, donde esta la ofensa? Mire lo ss:
www.lexland/.../dia-de-gracia-en-la-jurisdiccion-social/...