¿Se puede poner como fecha de inicio de contrato de alquiler el día 12 o 23 v. gr. y luego cobrar o exigir esos días hasta completar el mes y a partir de ahí cobrar por meses completos? Porque no me apetece regalar ocho o dieciocho días al inquilino?
¿Se puede por tanto exigir esos días una vez has puesto el piso o local a disposición del inquilino y no tener que esperar a comienzo del mes natural perdiendo esos días a todos los efectos?