Aviso, te estas haciendo un lío con los salarios de tramitación.
No hay salarios de tramitación, mientras no lo dictamine la autoridad laboral.
Por tanto, olvida los salarios de tramitación.
Con respecto, a la prestación, si la estas cobrando, es porque, después del despido, te encontrabas en situación legal de desempleo. (solicitando dicha prestación legalmente)
Por consiguiente a que viene, todo este embrollo, devolver, no devolver etc.
Saludos
desde el despido hasta el reconocimento de improcedencia ha pasado algo más de un mes, reconocen ese mes, pero de eso hace más de 15 días y la carta me la han entregado hace 2 días, cuenta desde esta carta? o desde que finalizan los salarios de tramitación?
¿Cuánto tiempo ha mediado entre el despido y el reconocimiento de la improcedencia del mismo? Porque lo normal es en el mismo día...
Si ha reconocido salarios de tramitación, alta tiene que existir en Seguridad Social. Por tanto, la prestación que estás percibiendo deviene indebida... Podrás solicitar de nuevo la prestación cuando finalicen los salarios de tramitación, previa regularización (tú eres el responsable).
Esta persona me recomendaba esto porque dice que es engorroso el trámite, además tampoco sé si estoy dentro de plazo, aunque me entregaron la carta de despido improcedente anteayer, los salarios reconocidos son hasta 14 de octubre.
Tú no tienes que hacer nada... Si la empresa en conciliación ha reconocido la improcedencia y ha optado por la readmisión, el SPEE cesa en el abono de la prestación, reclama a la TGSS las cotizaciones, que a su vez serán reclamadas al empresario. Y el empresario te abonará los salarios de tramitación, una vez deducido lo que has percibido de desempleo.
Sólo se te reclamaría, si lo que has percibido por desempleo es superior a tu salario.
La empresa debe darte de alta durante ese periodo para cotizar esos salarios de tramitación.
En cuanto a si es fácil o no que te pillen, pues ni idea, mientras tanto, si le haces caso a esa persona, podrías hacer una pequeña apuesta con ella, si te pillan, que te pague él/ella el recargo que te cobren, si se dan cuenta tarde y tal.
La empresa donde trabajaba ha reconocido despido improcedente antes de llegar a juicio, y ha reconocido salarios de tramitación, en teoria debería devolver la prestación percibida durante ese tiempo, una persona me ha aconsejado que no haga nada ya que según él es muy probable que no se den cuenta, pero no estoy muy seguro de eso, que pasaria si no hiciera nada y resulta que me "pillan"?
mi antigua empresa puede ahora darme de alta y baja por ese periodo o no lo hará?