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devolver horas por ir a juicios

48 Comentarios
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21/11/2012 21:30
Art. 23.1.b) ET Sobre promoción y formación profesional.

1. El trabajador trendrá derecho a:
a) Al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a examenes, así como a una preferencia a elegir turno de trabajo, si tal es el régimen instaurado en la empresa, cuando curse con regularidad estudiois para la obtención de un título académico o profesional.
b) A la adaptación de la jornada ordinaria de trabajo para la asistencia a cursos de formación profesional o a la concesión del permiso oportuno de formación o perfeccionamiento profesional con reserva de puesto de trabajo.
2. En los Conv. colectivos se pactarán los términos del ejercicio de estos derechos.
21/11/2012 21:06
me podeis decir si eso esta en algun articulo?
21/11/2012 20:44
En principio la formación debe realizarse dentro de la jornada laboral, pero mediante acuerdo, puede hacerse en tiempo libre del trabajador que será compensado como Horas Extra.
21/11/2012 20:29
deciros q el tiene los justificantes de cada vez q ha ido a juicio o juzgado los a pedido allí osea esta todo justificado. Tambien tienen cursillos de empresa deben estar dentro de la jornada laboral o fuera de ella?
21/11/2012 20:15
gracias x vuestras respuestas mi marido llevara impreso el articulo que me habeis dicho a la superiora para que lo sepa,os lo agradezco a todos
21/11/2012 18:56
Pues que actue en consecuencia, es decir que le diga a su superiora que no tiene que devolverlas y si insiste que se las descuente de la nómina, si se atreve a hacerlo, denuncie por reclamación de cantidad.
21/11/2012 17:43
gracias dsg29 es lo que hace estar el tiempo q el juicio o diligencias duren,,el enseguida se va al trabajo,pero esque ante la insistencia de su superiora de tener que devolver las horas decidimos buscarlo y al no encontrarlo os lo pregunte a vosotros,ella insiste en que tiene q devolverlas. muchas gracias
21/11/2012 17:24
El artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores señala que "El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:
d.Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo."

El acudir a juicio, ya sea como parte interesada o como testigo se considera un deber inexcusable, y por lo tanto, su marido tiene derecho a ausentarse del trabajo y que esa ausencia sea remunerada.

Ojo, tiene derecho a ausentarse el tiempo indispensable. Es decir, si el juicio dura 1 hora, no puede ausentarse 5.

Salvo mejor opción.
Devolver horas por ir a juicios
21/11/2012 17:06
hola buenas tardes necesitamos orientación,,,
mi marido trabaja de jefe de mantenimiento en una empresa de transporte logístico ,y debido a las continuas denuncias de su anterior pareja a faltado al trabajo por ir a los juicios,nuestra pregunta es debe de recuperar o devolver ese tiempo que ha faltado al trabajo? si alguien pudiera contestarme se lo agradecería he buscado en los convenios pero no lo encuentro... muchas gracias un saludo