Hace 1,5 años empecé a trabajar en una empresa que se comprometió a darme la formación necesaria para el puesto. En mi contrato laboral existe una cláusula en la que, en caso de baja voluntaria o despido procedente, debo devolver el importe íntegro de toda la formación recibida en los tres años anteriores. Además, tengo un contrato a parte, firmado por ambas partes, en el que se detalla específicamente que debo quedarme en la empresa 3 años o en caso de baja devolver la parte proporcional del importe.
Otra de las cuestiones es que, según me informó RRHH debemos avisar a la empresa con 2 meses de antelación antes de nuestra baja voluntaria. Este dato no he podido encontrarlo en ninguno de los contratos que he firmado.
El caso es que, aunque parezca contradictorio, no puedo aplicar los conocimientos adquiridos en los cursos porque la empresa está demasiado "desorganizada", por lo que estoy pensando en buscar otro trabajo.
¿Es legal que puedan reclamarme el importe de los cursos que he efectuado? y, ¿es legal que tenga que dar un preaviso de 2 meses? ¿no sería suficiente 15 días?
Por lo que me explicas, has firmado un pacto de permanencia, pero no pueden obligarte a permanecer en la empresa mas de 2 años - en caso de tecnicos-.
En cuando al preaviso, habria que mirar si el convenio colectivo aplicable a tu empresa dice algo al respecto o no. En caso de que no diga nada, se aplica la costumbre o uso.
Wenda, en mi empresa especificaban en los contratos que si el trabajador rescindía el contrato en menos de 2 años debía devolver las cantidades correspondientes a su formación.