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devolver el dinero cobrado al inem

10 Comentarios
 
03/10/2012 01:57
Hola tengo una duda, mi empresa no me paga desde hace 3 meses, nos va dando dinero como puede de 100 e en 100 e cada 20 dias, asi no se puede vivir.. Mi pregunta es si la denuncio como cuanto tiempo aproximadamente tarda el juicio en salir?

muchas gracias
28/02/2010 23:33
Como has podido leer, el compañero/a marijoo ha conseguido hablando con el inem un aplazamiento. Lo recomendable es siempre tener informado al inem de la situación en la que estás: cobrando el paro, pendiente de la resolución del despido, si ha habido sentencia reconociendo el despido improcedente, si hay salarios de tramitación, si te tiene que pagar fogasa, etc, etc.
28/02/2010 21:51
patatinpatatero, la duda que tengo es si tengo yo que soltar dinero cuando ni el empresario ni el fogasa me a pagado a mi ni un duro. El unico dinero que me entra es el del desempleo por culpa de otro, no me quedaba más remedio que irme al paro.
27/02/2010 21:53
Para ir sintetizando y no repetirnos, de todo lo que ya hemos escrito anteriormente ¿qué dudas tienes?
27/02/2010 21:09
Hola a mi tambien me manda el inem una carta pidiendome que reintegre la cantidad de 7740 euros en concepto de salarios de tramitación ya que segun ellos desde marzo del año pasado que estoy cobrando del paro segun ellos es un cobro indebido. Hay una sentencia de despido improcedente, mi pregunta es la siguiente ¿ Si yo no he cobrado nada ya que el fogasa todavia no a pagado la indennización yo tengo que pagar algun dinero? Tengo presentado ante el inem la sentencia que declara la improcedencia del despido ¿por favor alguien puede explicarme todo esto? gracias
27/02/2010 17:21
gracias a todos he podido pedir un aplazamiento hasta que me pagen bien la empresa o bien el fondo fogasa
26/02/2010 16:15
No tienes que devolver nada al INEM, esa cuestion ya ha sido resuelta por TS:

La sentencia del Tribunal Supremo de 26-03-07 (Rec. 1646/06 ) resuelve sobre la obligación de
reintegro por el trabajador de las prestaciones de desempleo percibidas entre la fecha del despido y la del
auto declarando extinguida la relación laboral en el incidente de no readmisión, cuando aquél no ha llegado
a percibir los salarios de tramitación por insolvencia de la empresa. Siendo indiscutible que la situación legal
de desempleo se produce con el despido y que en el caso decidido no se da la doble percepción de salarios
de tramitación y prestaciones de desempleo, que trata de evitar la regulación contenida en el art. 209.5 a),
b) y c) LGSS , la Sala considera inaplicable el criterio del reintegro de las prestaciones, pues causa un
grave y desproporcionado perjuicio al trabajador al tener que devolverlas cuando las ha disfrutado por
mandato legal, por una verdadera situación de desempleo y sin causa real de incompatibilidad desde el
momento en que no percibió nada en concepto de salarios de tramitación. En definitiva, lo procedente es
mantener el primer periodo de percepción y no acordar el reintegro de las prestaciones percibidas, salvo
que haya abono de salarios de tramitación en cuyo caso habrá que estar al reajuste previsto en la norma; y
todo ello al margen de la Disposición Final 3ª de la Ley 42/06 , que no aplica por razones temporales.
26/02/2010 13:34
Hola marijoo,,suele ser habitual si hay salarios de tramitación,,No obstante puedes solicitar a Inem EL APLAZAMIENTO del reintegro hasta que lo cobres vía ejecución de sentencia ( entiendo que es firme) o vía fogasa..suelen darlo

Saludos
26/02/2010 11:57
Yo he tenido un caso igual en mi despacho y lo que ha hecho el INEM es reclamarle directamente a la empresa el pago de dichos salarios de tramitación, ya que al trabajador no se los había abonado
25/02/2010 23:23
No se trata de quitarte el desempleo (que si lo es) sino de regularizar la situación. Los salarios de tramitación son precismante salarios y se te da de alta en la seguridad social. En teoría estás teniendo un doble cobro: salarios de tramitación y el desempleo. Entonces, una vez declarado el despido improcedente y la obligación del pago de los salarios, el siguiente paso del parado es comunicarlo al inem, para devolver lo cobrado "indebidamente" y volver a solicitar un nueva prestación considerando los salarios de tramitación como periodo cotizado. Como estás teniendo problemas para cobrar y posiblemente lo haga fogasa, habla de esta circunstancia con tu Dirección Provincial para que puedas ir devolviendo las cantidades cuando puedas o recibas las correspondiente indemnización de fogasa.
Devolver el dinero cobrado al inem
25/02/2010 22:02
me ha llegaado una carta del inem en la que me dice que tengo que devolver 5699 euros que supuestamente he cobrado cantidades de tramitacion yo no he cobrado nada todavia y no entiendo porque el inem me exige esto he hablado con el sindicato y me dice que lo tengo que pagar al decirle que yo no tengo la cantidad me dice que tengo que negociar con el inem como hacerlo.Decir que en la sentencia de la demanda a la empresa si nos los tienen que pagar pero no los hemos cobrado de hecho estoy segura que la empresa se declarara insolvente y al final cobraremos de fogasa puede ¿como puedo arreglar esto ? ¿puede el inem quitarme el desempleo?