Saludos!Mi pregunta es la siguiente;¿Se puede entender como improcedente el reintegro de una subvencion, teniendo en cuenta que se cumplian los requisitos para su obtención, pero se me pasa el plazo para subsanar defectos por un día?Es decir, subsano los errores, pero un día mas tarde en el que finaliza el plazo para ello.Si conoceis alguna jurisprudencia acerca del tema os agradecería que me la hicierais saber.
Muchas gracias
En las ordenes donde se publican las subvenciones especifica el plazo tanto para presentarlas como para la entrega de documentación que fuera solicitada previamente notificada en el domicilio que figura en dicha subvención a efectos de notificación.
Solamente cabe un recurso de alzada en el caso de que la Administración no respetara esto y no es el caso. Si se te ha pasado el plazo poco puedes alegar.