Durante todo el 2004 no me dio a pagar el IVA, fuí compensando de un trimestre a otro...pero ahora en el último trimestre no sé si tengo que compensar o tengo que pedir la devolución...no sé qué obligación o derecho tengo con respecto a estas dos opciones
Quieres decir que tu no cobras IVA pero si que pagas IVA para el ejercicio de tu actividad. Este iva lo vas acumulando o compensando a lo largo del año y en la declaración resumen anual pides la devolución.
Es esto lo que preguntabas?
Un saludo
En el cuarto trimestre puedes elegir entre compensar para el próximo año o pedir la devolucion. Lo que tu prefieras. Pero piensa que si es mucho importe, te van a hacer una inspección rutinaria, pero ya te tocan "los papeles" y si es poco importe, no vale la pensa pedir la devolucion y arriesgarse. En defenitiva es mejor compensar. Anque esta respuesta ya llega tarde.
ja,ja...sí, la verdad es que llega un poco tarde la respuesta pero así ya me queda aclarado para otra vez con lo que de todas formas muchas gracias.
La cantidad que da a devolver son 132 euros y por las consecuencias en lo referente a una inspección es por lo que básicamente realicé la pregunta. De todas formas es mi primer año de ejercicio y, bueno, creo que y en caso de requerirme "papeles" aún me da más cantidad a devolver pues algunas facturas como las de inversión no las incluí ya que no tenía muy claro si tenía que hacerlo o no.
Quizás de aquí salga otra pregunta y es precisamente si las faturas del esas "primeras inversiones" estilo material oficina, ordenadores etc se incluyen a la hora de presentar la liquidación correspondiente o sólo se incluyen como gastos?
Hola Sole. También llego tarde pero por esa cantidad no te van a inspeccionar. Por otro lado decirte que sí que puedes deducir el iva correspondiente a esas inversiones que comentas. Puedes hacerlo en la próxima liquidación. Eso si, revisa que esas compras las hiciste despues de haberte dado de alta y que se han destinado al negocio.