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Devolucion o Compensación?

4 Comentarios
 
Devolucion o compensación?
27/01/2005 21:54
Durante todo el 2004 no me dio a pagar el IVA, fuí compensando de un trimestre a otro...pero ahora en el último trimestre no sé si tengo que compensar o tengo que pedir la devolución...no sé qué obligación o derecho tengo con respecto a estas dos opciones

Un saludo a todos
02/02/2005 16:53
Quieres decir que tu no cobras IVA pero si que pagas IVA para el ejercicio de tu actividad. Este iva lo vas acumulando o compensando a lo largo del año y en la declaración resumen anual pides la devolución.
Es esto lo que preguntabas?
Un saludo
09/02/2005 15:04
En el cuarto trimestre puedes elegir entre compensar para el próximo año o pedir la devolucion. Lo que tu prefieras. Pero piensa que si es mucho importe, te van a hacer una inspección rutinaria, pero ya te tocan "los papeles" y si es poco importe, no vale la pensa pedir la devolucion y arriesgarse. En defenitiva es mejor compensar. Anque esta respuesta ya llega tarde.
14/02/2005 17:00
ja,ja...sí, la verdad es que llega un poco tarde la respuesta pero así ya me queda aclarado para otra vez con lo que de todas formas muchas gracias.

La cantidad que da a devolver son 132 euros y por las consecuencias en lo referente a una inspección es por lo que básicamente realicé la pregunta. De todas formas es mi primer año de ejercicio y, bueno, creo que y en caso de requerirme "papeles" aún me da más cantidad a devolver pues algunas facturas como las de inversión no las incluí ya que no tenía muy claro si tenía que hacerlo o no.
Quizás de aquí salga otra pregunta y es precisamente si las faturas del esas "primeras inversiones" estilo material oficina, ordenadores etc se incluyen a la hora de presentar la liquidación correspondiente o sólo se incluyen como gastos?

Bueno, un saludo y gracias
17/02/2005 18:39
Hola Sole. También llego tarde pero por esa cantidad no te van a inspeccionar. Por otro lado decirte que sí que puedes deducir el iva correspondiente a esas inversiones que comentas. Puedes hacerlo en la próxima liquidación. Eso si, revisa que esas compras las hiciste despues de haberte dado de alta y que se han destinado al negocio.