Hola,
En Enero he recibido la sentencia firme por la cual mi incapacidad pasa de total a absoluta. El juez estimó que debe ser reconocida desde Agosto 21, con los consiguientes atrasos,aún a la espera de ser abonados.
Hoy he recibido la carta con las retenciones de irpf del 2022,mi consulta es la siguiente, dado que la ipa está exenta de irpf, puedo reclamar a hacienda la cantidad desde que está reconocida la nueva incapacidad, o me será reintegrado junto con los atrasos?
Si alguien en el foro ha pasado por una situación similar, agradecería la información.
Un saludo.
Hola , yo no he pasado por lo mismo en concreto pero si por otras situaciones parecidas con hacienda creo que no te lo van ha dar de mano ya que son dos ministerios diferentes , yo creo que lo tienes que solicitar pide una cita en hacienda y ellos mismo te lo diran , si ves que la cita tarda mucho(depende la comunidad) puedes pedirla atencion telefonica que pa lo que tu necesita te vale igual.
Hola. Cuando la sentencia sea firme, podrás solicitar las declaraciones complementarias de los años 2021 y 2022 a Hacienda.
Los ingresos de la IP absoluta están exentos de la renta.
Es más si estás casado , podrías hacer la declaración conjunta con tu mujer y a ella le devolvían casi todas las retenciones pues figuraría que tú estás a su cargo y tienes una minusvalía como mínimo del 33 %.
Cuando cobres los atrasos, pide cita en Hacienda y lleva la sentencia y la carta del INSS con los atrasos.
Saludos
Hola,gracias a todos por vuestros comentarios, en todo caso me toca seguir esperando a que abonen los atrasos, que va para rato, aunque mi sentencia ya sea firme. Así que tendré que hacer tres declaraciones complementarias, la de 2021,2022 y de 2023 hasta que me reconozcan la IP absoluta.
Llegado el caso preguntaré también lo de la declaración conjunta con mi mujer, pero creo que no sólo está la discapacidad del 33%, hay que cumplir una serie de requisitos adicionales.
Un saludo.
Hola yo estoy en la misma situación, me han calculado la seguridad social Los atrasos y he visto que no incluye las retenciones hechas los años que estuve de IPT , yo he hecho en hacienda una rectificación por cantidades pagadas indebidas y me las han consedido automáticamente, pero tendrás que hacerlo tú , espero que te ayude , es fácil sólo tienes que aportar la sentencia del tribunal superior de justicia