Hola a todos. A ver si alguien me puede ayudar. Un problema que está siendo y será común es la devolución de impuestos domiciliados por insuficiencia de fondos los días, en general, 20 de enero, abril, julio y octubre.
Alguien sabe cual es la formula que menos recargos y sanciones conlleve? Se podría obtener un NRC en un banco, una vez devuelto el recibo, y presentarlo por vía telemática previo requerimiento de la administración? Muxas gracias!