Buenos días.
Actualmente tengo un embargo en mi nómina con una entidad financiera. La declaraciñon de la renta me ha salido a devolver.
Mi duda es, ¿me devuelven lo de la renta o como tengo el embargo lo meten al juzgado al embargo que tengo?
¿Pueden hacerlo con el total de la devoluvión o hay unos límites de los que no se pueden pasar (igual que en la nómina?
El embargo con la entidad financiera lo tiene según lo que indica por sentencia judicial, con lo que su empleador le aplica a su nómina la retención mensual que se ingresa al juzgado. Hacienda no interviene en ese procedimiento judicial, tiene su propio procedimiento administrativo pero para deudas que se tengan con la Administración, lo que no es su caso.