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devolución fianza

2 Comentarios
 
perfil Jan
07/08/2009 13:29
Hola llunaverde. El depósito de llaves debe hacerlo:

a) Directamente al Arrendador

b) Depositarlas ante un Notario

c) Depositarlas en los Juzgados(expediente de consignación de llaves)

En cuanto a la devolución de la FIANZA en primer lugar habría que determinar si usted tiene derecho a ello o no. Si tiene derecho primero debe reclamarla a través de burofax con acuse de recibo. Si NO obtiene respuesta o el arrendador se niega a devolverla deberá interponer demanda de reclamación de cantidad y, como ha dicho la Sra AmparoBB, si la cantidad es menor de 900 euros no será imprescindible (aunque un abogado debería redactar la demanda)contratar los servicios de abogado /a y procurador/a

Reciba un cordial saludo.
04/08/2009 14:08
Llunaverda
Lo que ocurrirá si al final se NIEGAN, es que será lo que DECIA UN JUEZ.
Tendrás que ir al JUZGADO y poner una DEMANDA por la cantidad que en buena ley creas que te deban devolver (De ahí la importancia de lo que se escriba en el documento de entrega de llaves).
La buena noticia es que si la cantidad es menor de 900 euros no será imprescindible (aunque un abogado debería redactar la demanda) abogado y procurador
Devolución fianza
04/08/2009 13:44
gracias amparoBB,
pero aun sigo sin saber cómo proceder si ponen excusas o directamente se niegan. Donde he de dirigirme y cuales son los pasos a realizar?. Y entonces, debo entregarles las llaves o depositarlas en algun lugar?