Buenas tardes,
Acabamos de dejar una vivienda en alquiler antes de finalizar el contrato de un año, pero hemos firmado un acuerdo con el casero para poner fin al contrato y la devolución integra de la fianza. ¿Puede echarse atrás? ¿cuanto tiempo hemos de esperar a que nos devuelva la fianza?
Muchas gracias.
Los contratos firmados entre las partes son vinculantes para éstas, siempre que no sean contrarios a la ley, por lo que es de obligado cumplimiento y no puede echarse atrás.
Respecto a la fianza, dispone de 30 días naturales para su devolución desde la fecha en la que ustedes abandonaron la vivienda.
He alquilado un local en enero de este año y a principios de abril he aviso al dueño de lo dejaba porque no puedo manternerlo mas ya que no es rentable. Le entregué las llaves el dia 2 de junio y el no quiere devolverme la fianza que estaba pactada en 3 mensualidades menos el 25% en concepto de gastos de amortización y uso. Que puedo hacer para recuperar lo que me corresponde, porque necesito ese dinero????
El contrato es uno estándar de estanco con anexo el cual estipula en referencia a la fianza que será devuelta al término del contrato. No hay cláusula de penalización.
Gracias
Sin leer el contrato te diré, que el arrendador no tiene la culpa de que el negocio no funcione. La fianza no se puede pactar en 3 meses porque es contraria a la LAU que establece 2 meses. El tercer mes llámalo, fianza, aval, deposito etc...
En resumen, tú has causado un daño al arrendador por no cumplir el contrato y el citado, se lo ha cobrado.
Eloy Peña Rico, denunciante oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Hola lolo. Si el acuerdo de rescisión de contrato SIN PENALIZACIÓN ALGUNA para el arrendatario está debídamente firmado y cumplimentado usted puede reclamar la totalidad de la fianza. Para ello e aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos.