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Devolucion fianza

5 Comentarios
 
14/06/2024 23:23
Estoy de acuerdo en todo con la respuesta de keceme salvo por el plazo.
El plazo para devolver la fianza no es un mes. El plazo es el tiempo necesario para determinar cuanto cuestan las reparaciones que, en su caso, haya que hacer.
Si se hace la visita del piso y todo está perfecto la fianza debe devolverse en ese mismo instante.
Si por el contrario hay desperfectos pero se tarda (por causa no imputable al casero) en pagar la reparación 5 meses entonces el deber de devolver el resto de la fianza comienza al día siguiente de esos 5 meses, todo ello sin perjuicio de que después del primer mes se devenge el intereses legal a favor del inquilino independientemente de que el casero haya tenido o no culpa en el excesivo retraso de la reparación.
14/06/2024 22:29
Jlp2024
Al finalizar el contrato de alquiler, queda con el inquilino para realizar una revisión del piso y para que te entregue las llaves.
Realiza una inspección detallada del piso. Es útil contar con un inventario firmado por ambas partes al inicio del alquiler para comparar el estado del piso al entrar y al salir.
Si encuentras desperfectos, toma fotos y haz una lista detallada de los mismos. Es importante que los desperfectos sean más allá del desgaste normal por el uso cotidiano.
Obtén presupuestos para reparar los desperfectos. Esto te ayudará a determinar cuánto de la fianza debes retener para cubrir los costes.
Informa al inquilino por escrito de los desperfectos encontrados y del coste estimado de las reparaciones. Proporciónale las fotos y el inventario inicial si es necesario.
Si el inquilino está de acuerdo con los desperfectos y el coste, puedes proceder con las reparaciones y devolver la parte restante de la fianza. Si hay desacuerdo, intenta llegar a un acuerdo amistoso.
Si el piso está en buen estado, devuelve la fianza completa al inquilino en el plazo establecido por la ley (generalmente un mes desde la entrega de llaves).
Si hay desperfectos, descuenta el coste de las reparaciones de la fianza y devuelve el resto al inquilino. Proporciona un desglose detallado de los costes y las reparaciones realizadas.
La LAU regula muchos aspectos del alquiler, incluida la fianza. La fianza se debe devolver en el plazo de un mes desde la entrega de llaves, y cualquier retención debe estar justificada.
Recuerda que el desgaste normal del uso no justifica la retención de la fianza. Solo los daños que no sean atribuibles al uso cotidiano pueden descontarse.
Si no llegáis a un acuerdo, considera la mediación para resolver la disputa.
Como último recurso, el inquilino puede reclamar judicialmente la fianza si considera que la retención no está justificada.
Al comienzo del alquiler, realiza un inventario detallado del estado del piso y de los muebles. Esto debe ser firmado por ambas partes.
Asegúrate de que el contrato de alquiler incluya cláusulas claras sobre la fianza, su devolución y los posibles motivos de retención.
Siguiendo estos pasos y manteniendo una buena comunicación con tu inquilino, puedes gestionar la devolución de la fianza de manera justa y transparente.
14/06/2024 17:14
leonjbr
En resumen debo ver el estado del piso a,la entrega de llaves y si veo desperfectos me puedo quedar con la fianza estipulada en su dia es asi no? En caso de no haber desperfectos una vez entragada las llaves y visto el piso les transfiero la fianza?
14/06/2024 12:22
Jlp2024
Las cosas solo se pueden hacer de dos formas, o bien o mal. Y en un tema tan sensible como este, yo te aconsejaría redactar un DOCUMENTO DE ENTREGA DE LLAVES DE CONFORMIDAD.
¿porqué? porque si te las entregan sin mas, sin constancia documental y tu, de buena fe, entras en la vivienda, si se les cruzan los cables a los inquilinos antiguos, te pueden complicar la vida alegando un allanamiento de morada,
Te voy a pegar un modelo de este documento. Si no lo quieren firmar, será por algún motivo que tu no ves a simple vista..... es decir, que a buena fe, no hay razón para que no lo firmen. Y tu, puesto que no has recibido las llaves, podrías seguir exigiendo las rentas.
Por supuesto nos estamos poniendo en el peor escenario posible, pero es mejor prevenir que curar. Yo siempre lo he hecho así, y nunca he tenido ningún problema.
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DOCUMENTO DE ENTREGA DE LLAVES DE CONFORMIDAD.

En ………… a … de ………. de 2024.

REUNIDOS

De una parte D. …………………………………….., mayor de edad, vecino de……….., con D.N.I. núm……………………, actuando como propietario y arrendador.

Y, de otra parte, Dña. …………………………….., con D.N.I. núm……………………………y D …………………………………con D.N.I. núm. ……………………….. actuando como arrendatarios.

EXPONEN

PRIMERO. - Que ambas partes firmaron el día ….de ………. de dos mil …………………. CONTRATO DE ARRENDAMIENTO de la vivienda situada en la Calle …………, num…….- ……..(planta y letra), de ………………(ciudad).

SEGUNDO. - Que, ambas partes han expresado su voluntad de no prorrogación del mismo.


Por tal motivo, ambas partes

CONVIENEN

PRIMERO,- Los arrendatarios hacen entrega de las llaves de la finca arrendada al arrendador, el cual manifiesta encontrarse la vivienda en buen estado de conservación, sin mas desperfectos que los derivados del uso ordinario de la misma, por lo que afirma no tener que formular reclamación de indemnización por daños o perjuicios.

SEGUNDO. - Los arrendatarios reconocen adeudar a fecha de hoy el pago de los consumos de luz desde el día … de ……de 2024, agua desde el .. de ……. de 2024 y de gas desde el… de ………. de 2024, pendientes de facturar, hasta el día … de………. de 2024 (fecha de entrega de llaves).
A dichos efectos, los respectivos contadores reflejan la siguiente lectura:
Contador de luz:
Contador de agua:
Contador de gas:

TERCERO. - El arrendador procede a devolver a los arrendadores la fianza adicional, que por importe de …………………………. euros (€ ,,,,,,,,,,,,,, -) fue entregada en el momento de formalización de contrato, mediante transferencia a la cuenta de los arrendatarios: ES.. …………. …………………….

CUARTO. - Manifiesta el arrendador que se compromete a devolver la fianza depositada por los arrendadores, conforme al artículo 36.1 de la Ley de arrendamientos urbanos, por importe de ………………….. euros (€ ……….., -), descontando los consumos de los suministros reseñados en el punto segundo, una vez le hayan sido facturados por las compañías suministradoras, mediante ingreso del neto resultante en la cuenta de los arrendatarios: ES…………………………………….


Leído el presente documento por ambas partes, y estando conformes con su contenido, lo firman por duplicado en todas las paginas, en el lugar y fecha reseñadas en el encabezamiento.


Los arrendatarios. El arrendador.




ANEXO 1.
A fecha xx de ,,,,,,,,, de 2024, y en relación a la vivienda sita en Calle ….. ……….., numero .., planta …. puerta …, de ………. se ha observado lo siguiente (desperfectos):
13/06/2024 18:33
Grosso modo es como usted dice.
El resumen es el siguiente: la fianza responde bien de las rentas adeudadas después de finalizar el contrato bien de los desperfectos que pueda haber en el piso.
En el primer caso la fianza no se devuelve y punto.
En el segundo se devuelve cuando el casero está totalmente seguro de cual es el importe de reparación de los desperfectos, si bien después del primer mes después de haber finalizado el contrato la fianza devenga intereses en favor del inquilino.
Devolucion fianza
13/06/2024 11:09
Es la primera vez que alquile mi piso y me gustaria saber como se gestiona la devolucion de la fianza. Entiendo que quedas con el inquilino para que te entregue las llaves y si esta todo bien se le devuelve la fianza no? Pero y si hay desperfectos y no esta el piso como cuando entraron como te riges para saber lo que tienes que devolver de fianza? Un saludo