Buenas tardes. Estoy en una residencia pequeña de estudiantes de la Comunidad de Madrid. Cuando entré, en septiembre de 2011, tuve que pagar 200 euros en concepto de matrícula (no reembolsables) y 780 euros en concepto de fianza (que se supone que me devolverían cuando terminase mi estancia y previo aviso con un mes de antelación en caso de terminar antes).
Estoy en marzo y, por circunstancias, termino las clases el 4 de mayo, con lo que he avisado a la dueña de la residencia de que en mayo ya no voy a estar en Madrid y que si podía utilizar el mes de fianza para pagar el mes de abril que es el último mes que estaría en la residencia.
Su respuesta ha sido negativa. El motivo que alega es que en el contrato que firmamos (inexistente) escribí que mi curso empezaba en septiembre y terminaba en junio, ya no que sabía si iba o no a terminar antes del mes de junio. Es un papel en el que no pone nada acerca de la devolución de la fianza ni de la obligatoriedad de quedarme en la residencia hasta el mes de junio. Además, en el momento en el que lo firmé era menor de edad y mis padres o tutores no lo firmaron, les bastó con mi firma.
Cuando ya había pagado y al entrar en la residencia, me dieron otro papel (el que la dueña alega que es el "contrato") donde aparece la cuenta bancaria en la que debía ingresar el pago mensual de la residencia, una normativa y al final de la hoja, textualmente: "fianza una mensualidad exclusivamente para pagar el mes de junio".
Con eso, ella alega que la fianza no se me va a devolver porque lo pone en el "contrato". Pero esa hoja de "contrato" no está firmada por nadie porque me la entregaron simplemente a modo informativo.
No contenta con decirme que no se me devolverá la fianza, su otra alegación es que al ser una residencia de sólo 28 persona, si me devuelve a mí mi dinero crearía un "efecto boomerang" y todo el mundo querría irse antes de la misma.
No sé si esto se puede reclamar, ya que en ninguna parte se especifica con qué antelación hay que avisar para irse antes ni he firmado nada acerca de la exclusividad del uso de la fianza hasta el mes de junio.