Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Devolucion fianza alquiler

1 Comentarios
 
27/12/2012 11:03
En principio y aunque la fianza no se constituye para responder de esto, pueden convenir ustedes el dedicarla a esto. Ahora bien, tenga en cuenta que usted tendría obligación de permanecer en el arrendamiento hasta el mes de octubre (preavisando en septiembre), por lo que si el arrendador quisiera podría exigirle las rentas hasta entonces (eso sí, sin que pudiera arrendar).

Un último consejo: firmen la entrega de llaves y resolución del contrato, liquidando todas las cantidades.

Motta&L Abogado
Devolucion fianza alquiler
27/12/2012 00:32
firmé un contrato de alquiler en septiembre 2007, todo bien y se ha ido prorrogando anualmente sin ningun problema ni necesidad de aviso. AHora debo marchar por motivos personales fuera de la CCAA. hare el preaviso de un mes, y lo dejo libre en febrero, con todo liquidado. Tengo derecho a la devolucion entera de la fianza? o la parte proporcional por no haber llegado a septiembre?
Muchas gracias