Finalicé un contrato de alquiler de vivienda el 31 de diciembre de 2011, y no me devolvieron el deposito y parte de la fianza hasta el 21 de febrero (21 dias más tarde del plazo máximo que tenían). La parte de la fianza que falta me dijeron telefónicamente que es en concepto de pintura para 2 paredes, pero no me hicieron llegar ni el presupuesto ni la factura. Finalmente pude averiguar que era porque no pintaron y se entregó el piso al nuevo inquilino con el mismo color de pintura que dejé. Quería saber si estas 2 conductas son delictivas y que debería hacer para reclamar por la via judicial la parte de la fianza que no se me ha devuelto. Si interpongo juicio monitorio ¿tengo que hacerlo en el juzgado del domicilio del arrendador, aunque se derive de un contrato de arrendamiento urbano? Es que es un banco con sede social en Madrid, aunque aquí todo el tema del contrato lo llevaba una gestoria con sede en el mismo lugar que el piso arrendado. Muchas gracias.