He recibido un cargo del que no estoy de acuerdo y quiero que el banco rechace. El banco me pide que envie un fax, con mi dni, firmado, y texto explicando motivos...
me gustaria saber si existe alguna ley o reglamento que regule esta tramitación, ya que para muchas otras cosas, simplemente por telefono se hace todo sin pedir ninguna explicación o datos.
Y mientras tanto yo no tengo ese importe en mi cuenta.
No se que ley es la que lo regula, pero en principio todas las ordenes y peticiones deben ir acompañadas de una firma. Hoy en día, parece que la firma en fax, aunque el documento sea una copia se admite como válido.
un saludo.