Hola, buenas tardes, quisiera que me aclarasen una duda, les explico: Tengo un préstamo hipotecario y los recibos me los cargan en una cuenta corriente. Por tener la nómina domiciliada me rebajan el interés un 0,2%. Resulta que antes yo ingresaba la nómina en efectivo, pues mis jefes me pagaban en metálico y el banco aceptaba como nómina ese ingreso y aplicaba el descuento correspondiente. El problema surge ahora pues el banco me tiene que devolver el dinero cobrado de mas por la clausula suelo. Mis preguntas son: ¿Es obligatorio que mi empresa abone la nómina en mi cuenta por transferencia para considerar que la nómina está domiciliada? ¿Legalmente la nómina esta domiciliada si el salario se ingresa en metálico? Gracias anticipadas por la ayuda! :-)
Para empezar es muy probable que esas condiciones a las que alude sean nulas por abusivas, aunque ese es otro tema. Respecto a su pregunta, si hasta ahora se lo han admitido no cabe un cambio unilateral de postura por motivos (consentimiento tácito o Doctrina de Actos propios, por citar alguno) que no procede desarrollar aquí. Continúe como hasta ahora y ellos deberán hacer lo propio. No caben "represalias" de ningún tipo.
Gracias D . Crane. Hasta ahora si me han aplicado el descuento, el problema viene por la clausula suelo del 3% que tengo. El banco, aplicando la sentencia que anula las clausulas suelo, me propone devolverme un importe próximo a la diferencia entre el 3% menos el euribor 1% cuando creo que debería de ser: cantidad devuelta= 3%-euribor0,4%
Cumplo todas las condiciones para esa rebaja pero el problema es que no se si al no ingresar la nómina por transferencia el banco no me devuelve todo el dinero que me corresponde. Además el banco quebro y ahora pertenece a otra entidad y tiene otros dueños. Esta información me sirve para saber si la propuesta del banco es justa o no. Gracias un saludo
Hola, vd esta un poco liado
las clausulas abusivas si su banco le ha dicho que se las devuelve debe ser asi_:
euribor mas un diferencial, eso se queda
luego por ej si el auribor esta ahora negatico - 0,15 y si diferencia es de 1%, se le debe quedar en un interes de 0,85%
La clausula no tiene nada que ver, esa se .la deben quitar y liquidarle desglosada por cada año desde su inicio. y dejarle ese 0,85 % hasta que el euribor vaya bajando o subiendo.
Pues el interes legal no es lo mismo en el año 2010 que estaba en el 4% y ahora esta en el 3%
por tanto 3% menos 0,85% es igua a 2,15% que le han cobrado de mas el 2017
pero amejor el 2009 estaba el euribor en 1%
No tiene nada que ver que su banco lo haya cojido otra entidad esta debe hacerse cargo del activo y del pasivo...
Vaya a Adicae, que le informan gratis...
Empezando por el final NO, la oferta del banco no es justa y se lo explico. La primera parte seguro que está bien; si usted a pactado pagar el Euribor mas el 1% con un suelo del 3% significa que eso (el 3%) es el mínimo que va a pagar aunque la suma anterior esté por debajo (que lo está hace años), lo que ahora le ofrece el banco es la diferencia entre lo que debió pagar (Euribor1%) y ese 3% que efectivamente pagó PERO las entidades bancarias omiten, en estas ofertas, que por las características del sistema hipotecario (y es un poco complicado de explicar) al eliminar esa base usted debería haber amortizado una cantidad mayor de capital que SIEMPRE intentan ocultar.
El interés legal del dinero aquí no pinta nada.
Que la entidad haya sido adquirida por otra es indiferente, y la forma de ingresar la nómina también.
Eso a grandes rasgos, debería acudir a algún sitio a asesorarse.