Mi pregunta es la siguiente:Hay un Juicio Civil de Reclamación de Daños en obra en el que salen condenado el aparejador y la empresa contratista condenados a pagar solidariamente 76.000 Euros.Se ejecuta provisionalmente y cada uno paga la mitad.Despues el contratista recurre y el aparejador no.La sentencia en la AP rebaja la condena a 56000 Euros.A quien se le debe devolver la diferencia al contratista que recurrio o a los dos(el aparejador acato la sentencia de 1ª instancia al no recurrirla)?
Creo que se puede poner un ejemplo (no se si es aplicable al caso).
Comunidad de Propietarios reclama una indemnización a un acreedor. Varios propietarios votaron en contra en la Junta. La Comunidad gana el juicio. ¿Entre que propietarios se reparten la indemnización?.
¿Quién pregunta? Aparejador y contratista son deudores solidarios. Da igual quien pague. El acreedor se cobra lo que le corresponde y el resto no es su problema, que se apañen entre ellos.
Entiendo evidentemente que al ser solidarios da igual quien page!Pero la cuestión es que el aparejador acato la sentencia de primera instancia y consigno la mitad de condena de primera instancia 76000 Euros igual que el contratista que despues recurrio.La cuestión es a quien se le devuelve el dinero? En que se fundamenta uno para pedir que solo se lo devuelvan al contratista?Recordar que la sentencia de segunda instancia rebaja a 56000 Euros solo recurrida por una parte!
La Sentencia firme debe cumplirse en todos sus términos. Si en ella no se establecen porcentajes para cada uno de los condenados, y/o se dice que la deuda es solidaria, y si además se ejecutó provisionalmente por mayor cantidad, habrá que devolver a cada uno 10.000 €, independientemente de quién recurrió o dejó de hacerlo.
Esto último me parecería lo mas correcto, pero quizás el aparejador debería pagarle al contratista, la parte de honorarios de abogado y procurador del recurso de apelación ante la AP, que haya podido abonar el contratista.
La verdad es que es algo injusto ya que el aparejador(que no recurrio)manifesto en un escrito que actaba la sentencia de primera instancia que no recurria y que consignaba la cantidad correspondiente a la mitad de la condena y ahora se beneficia de una rebaja que no le suspuso esfuerzo alguno(ni en tiempo ni en costas).La sentencia de la AP que ya la tengo DICE LITERLAMENTE:"Se estima en parte el recurso de apelación revocandoseen igual media parcial la sentencia si bien unicamente para fijar la cantidad objeto de condena en 56000 Euros manteniendose lo demas"