Jubilado de 66 años dentro del grupo que puede percibir la devolución de mutualidades por el interés de demora por el IRPF. Al realizar la declaración de renta de 2023, consulto en datos fiscales una retribución dineraria anual en bruto de 22.300€ de la Seguridad Social (pensionista) y en ajustes por mutualidades me sale -978€. En el momento de realizar la declaración de renta 2023, en la casilla 3 (retribución dineraria anual) aparece ya descontado el importe de mutualidades, con un importe total de 21.322€, por lo cual no estaría obligado a presentarla. Yo entiendo que el cobro es positivo a mi favor (a ingresar), sin embargo, han optado por descontarlo directamente en la retribución integra anual en bruto de mi jubilación. ¿Sería esto legal? Entiendo que hayan optado por hacer esto, de esta manera, estaría obligado a no presentar la declaración, ya que no llegaría los 22.000€.
No, no significa eso.
Significa lo dicho en mi anterior mensaje, que es una resta exenta y por eso se resta de los ingresos por rendimientos del trabajo.
Sí, tuve una retención en torno a los 2.800€. No entiendo que, al ser un ajuste exento ya de IRPF, esté integrado en mis retribuciones anuales en bruto.
Le explico mejor mi caso. A ver si así lo puedo dejar ya bien claro que usted entiende. Si realizo mi declaración por Renta Web en la AEAT con los datos fiscales que incluyen íntegro mis retribuciones dinerarias anuales en bruto por jubilación de 22.300€ con retenciones en torno, como le he dicho, de 2.800€ sin añadir el ajuste por mutualidades de 978€ me sale a pagar 256 euros.
En cambio, si la hago con el borrador de hacienda, incluido ya el ajuste por mutualidades, no estoy obligado a presentarla, pero el resultado sería a ingresar 3€.
Sabiendo que me tienen que devolver 978€ de las mutualidades, ¿no es más lógico pagar los 256€ como en el primer caso e ingresar a mi cuenta la cuota de mutualidades después? ¿Quién se queda con la diferencia?
He vuelto a solicitar cita presencial a Hacienda por si debiera realizar modificación alguna.
Saludos y muchas gracias por su atención.
Decir que le tienen que devolver 978 € es un error.
978 € no es una devolución, sino un rendimiento del trabajo exento y por eso se resta del total del rendimiento.
No te tienen que devolver esos 978.
Como han indicado esa cantidad es renta exenta, pero lo cierto es que tu has ingresado 22.300 brutos y por ello estas obligado a presentar la declaracion
Con ese "dinero" no hubiera pasado nada, porque no es dinero. Es solamente una renta exenta, por lo que se resta del total para que no tribute.
Confórmate con que, al descontarse por exenta, te libra de la obligación de declarar.