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Deudas pasadas.

2 Comentarios
 
25/03/2014 17:12
Muchiimas gracias legal-vanzam.

Soy un pasante y todavía estoy falto de soltura.
14/03/2014 12:01
Si la no cobranza es producto de una conducta ilícita o negligente , se ha causado un daño a la sociedad , la persona que le reclama está legitamada para ello y no han pasado 4 años desde que dicha conducta dejó de tener lugar , pudiera tener responsabilidad.
Deudas pasadas.
11/03/2014 18:15
Hola a todos

Me gustaría saber si una persona que ha sido administrador de una empresa entre 2010 y 2011 puede ser responsable de la no reclamación de una deuda que tuvo la empresa entre 2005 y 2008.

Muchas gracias a todos