Estoy separada de marido con demanda de divorcio en curso con medidas preliminares ya establecidas. Vivo en la vivienda familiar con mis tres hijos a cargo. Por una deuda de mi ex-marido contraida con la Seguridad Social antes de la separación, me embargan mi nómina y la vivienda, porque el solo tiene una nómina de 800 euros.. Mi pregunta es: No es mi nómina bien privativo estando actualmente separados?, si la deuda es de poca cantidad, porque no embargan solo la parte ganacial de mi ex de la vivienda, que cubriria sobradamente la deuda.
Las deudas también son gananciales, por lo que tendréis que responder al 50%. Si en esas medidas no se contempla el pago de esta deuda, tendréis que esperar al juicio principal, o en su defecto a la liquidación de la sociedad de gananciales.